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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (30/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de setiembre de 2009 403543 el tratamiento de la población afectada por ITS y el VIH. Artículo 2º.- DISPONER que la Presidencia del Gobierno Regional Cusco por intermedio de la Gerencia de Desarrollo Social y la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional; la inclusión en las políticas y programas de promoción, prevención y atención de las ITS y el VIH la incorporación de acciones que favorezcan la atención integral de los adolescentes mayores de 14 años en los servicios de consejería, diagnóstico y tratamiento de las ITS y VIH en cada uno de los establecimientos de salud de la Región, de acuerdo a su capacidad resolutiva. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional la inclusión en las políticas, programas de educación y contenidos curriculares dirigidos a un ejercicio saludable de la sexualidad. Artículo 4º.- APROBAR, la propuesta presentada por la Comisión de Asuntos Sociales del Consejo Regional que establece las “Medidas Regionales para la Prevención y Atención de las Poblaciones Vulnerables GTB/HSH y TS frente a las ITS y VIH”, que consta de 5 capítulos y 24 artículos. Artículo 5º.- Dar un plazo de 90 días hábiles al Gobierno Regional y sus Gerencias respectivas para adaptar los procedimientos y prácticas institucionales al cumplimiento de la presente ordenanza y las medidas regionales para la prevención y atención de las poblaciones vulnerables frente a las ITS y el VIH. Articulo 6º.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil Nueve. EDGAR J. ZECENARRO MATHEUS Consejero Delegado del Consejo Regional de Cusco POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil nueve. HUGO EULOGIO GONZALES SAYAN Presidente Regional del Gobierno Regional de Cusco 403244-1 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban incorporación del Gobierno Regional de Ica en la Junta de Coordinación Interregional Centro Sur - CENSUR ORDENANZA REGIONAL Nº 0001-2009-GORE-ICA Ica, 13 de enero de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 15 de diciembre del 2008; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el quinto párrafo del artículo 190º de la Constitución del Perú, el mismo que prescribe que en tanto dure el proceso de integración de los actuales departamentos dos o más gobiernos regionales podrán crear mecanismos de coordinación entre sí, los mismos que serán determinados por Ley; asimismo el artículo 91º de la Ley No. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias señala que, a iniciativa de los gobiernos regionales pueden establecer de común acuerdo, las Juntas de Coordinación Interregional como espacios de coordinación de proyectos, planes y acciones conjuntas, procurando el afi anzamiento de corredores económicos y ejes de integración y desarrollo, con la fi nalidad de consolidar futuros espacios macrorregionales; Que, el artículo 3º de la Ley No. 28274 Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, reglamentada por Decreto Supremo No. 063- 2003-PCM, establece que las Juntas de Coordinación Interregional están integradas por dos o más gobiernos regionales, cuyo objetivo es la gestión estratégica de integración, para la conformación de regiones sostenidas, y para la materialización de acuerdos de articulación macrorregional, mediante convenios de cooperación dirigidos a conducir los proyectos productivos de servicio y alcanzar íntegramente fi nes del desarrollo regional; Que, de conformidad con el procedimiento establecido por el artículo 4º de la Ley acotada, los gobiernos regionales que se comprometen por este acto a la conformación de estas Juntas de Coordinación Centro Sur del Perú, comunicarán a la Presidencia del Consejo de Ministros los Acuerdos de constituirse en una Junta, con el propósito de formalizar a través de una Resolución Presidencial, su reconocimiento y proceda a la incorporación en el Registro Nacional de Juntas de Coordinación Interregionales de acuerdo al Decreto Supremo No. 063-2004-PCM; Que, de conformidad a lo indicado precedentemente se ha conformado la Junta de Coordinación Interregional Centro Sur del Perú, que tendrá como objetivos, la integración regional de las áreas Geo-Económicos de los ámbitos departamentales de Junín, Ayacucho, Huancavelica, Ica, Pasco, Huánuco, Lima y Apurímac, para el mejoramiento cualitativo en materia de viabilidad, de energía, de comercio e integración, del medio ambiente y de construcción de capital humano y social necesario para su desarrollo, y la promoción para la implementación de las cadenas productivas en el desarrollo de las actividades económicas que generen las distintas potencialidades de cada ámbito territorial, tanto en los mercados nacionales como interregionales; Que, la fi nalidad de la Junta de Coordinación Interregional Centro Sur del Perú, es de materializar los acuerdos de articulación macro regionales, mediante la suscripción y ejecución de convenios de cooperación, dirigidos a conducir proyectos productivos de servicios, que permitan coordinar al espacio territorial integrado por los Departamentos de Junín, Ayacucho, Huancavelica, Ica, Pasco, Huánuco, Lima y Apurímac: Que, la presente Junta, estará organizada de acuerdo a los artículos 5º y 6º de la Ley No. 28274 Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, a través de una Presidencia Colegiada y una Secretaria Técnica. La Junta, generará su Estatuto y normas para su adecuado funcionamiento, como ya se demuestra públicamente en Actas de Acuerdos y documentos del Consejo Regional Centro Sur – CENSUR; Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional en la Sesión Ordinaria de fecha 15 de diciembre del año 2008, y de conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y su modifi catoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la incorporación del Gobierno Regional de Ica, en la Junta de Coordinación Interregional Centro Sur –CENSUR. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional de Ica, a fi n de que proceda a concretar lo dispuesto en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DIFUNDASE el trabajo de la Junta de Coordinación Interregional Centro Sur del Perú, a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ica. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROMULO TRIVEÑO PINTO Presidente Regional 403598-1