Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2010 (25/04/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

417930

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2010

Articulo Tercero.- VIGENCIA La presente Ordenanza surtira efecto a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

484484-1

de edificacion, dejando ello a la decision de la junta de propietarios, por lo que se hace necesario realizar la modificatoria correspondiente de la Ordenanza Nº 141MSI. En tal sentido, la propuesta permite otorgar licencias de funcionamiento a aquellas viviendas unifamiliares ubicadas en MORDAZA y/o condominios en tanto cuenten con la autorizacion de su junta de propietarios debidamente registrada y siempre que se encuentren en zonificacion conforme; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40° de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 141-MSI Ordenanza General de Establecimientos Comerciales y Niveles Operacionales del distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 295-MSI
EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 05-2010-CDDU-OSM/MSI de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Obras y Servicios Municipales; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 141-MSI - Ordenanza General de Establecimientos Comerciales y Niveles Operacionales del distrito de San MORDAZA, se establecieron como objetivos generales, disposiciones tecnicas especiales (urbanisticas, de zonificacion, arquitectonicas, de ornato y publicidad exterior), asi como objetivos especificos para el otorgamiento y fiscalizacion de licencias municipales referidas a la construccion y al funcionamiento de edificaciones comerciales nuevas y existentes en el distrito; Que, a la fecha la Municipalidad de San MORDAZA ha visto por conveniente realizar variaciones a la Ordenanza 141-MSI, con el fin de facilitar el acceso al MORDAZA de algunos actores economicos que se encuentran impedidos de hacerlo toda vez que su local se encuentra ubicado en MORDAZA, situacion que afecta tanto al propietario del local, como al inversionista que desea ser conductor de un local. Asimismo se observa el caso de comercios que a pesar de tener licencia de funcionamiento no pueden obtener una autorizacion para el uso de retiro al ser el giro desarrollado "no conforme". En este sentido se busca armonizar el desarrollo economico y el crecimiento comercial autorizado ordenado del distrito, acorde con la necesidad de promocion empresarial y proteccion al vecino. Que, por su parte la propuesta de modificacion del Literal g) del Numeral 37.2 del Articulo 37, relacionado con la prohibicion de otorgar Licencias de Funcionamiento a Viviendas Unifamiliares en MORDAZA, debe senalarse que encuentran su base legal en el Reglamento de Quintas que forma parte del Reglamento Nacional de Construcciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 039 y 63-VI, que establecia que ninguna de las viviendas de la MORDAZA podra destinarse al uso distinto al habitacional. Que, actualmente la regulacion de Quintas se encuentra estipulada en la Ley Nº 27157 y su Reglamento, normas que senalan a las Quintas, como predios sujetos al Regimen de Propiedad Exclusiva y Comun, y en la MORDAZA A.- 20 Vivienda del Reglamento Nacional de Edificaciones, no existiendo limitacion respecto a sus usos por el MORDAZA

ORDENANZA QUE APRUEBA MODIFICACIONES A LA ORDENANZA N° 141-MSI ORDENANZA GENERAL DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y NIVELES OPERACIONALES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA
Articulo Primero.- Deroguese el Articulo 34º Numeral 34.3, Literal a) y modifiquese el Articulo 37° Numeral 37.2 Literal g) de la Ordenanza N° 141-MSI, quedando redactado de la siguiente manera: 37.2) No se otorgara Licencia Funcionamiento en los siguientes casos: Municipal de

g) Viviendas unifamiliares en quintas y/o condominios, salvo que cuenten con la aprobacion de la Junta de Propietarios en mayoria calificada y siempre que el uso solicitado resulte conforme en la zonificacion donde se ubica. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Deroguese toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA y Gerencia de Fiscalizacion. POR TANTO: Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA

484990-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Otorgan beneficios de condonacion y exoneracion de arbitrios para predios destinados a centros acreditados de rehabilitacion y/o educacion de discapacitados
ORDENANZA Nº 360-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2010 EL MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 016-2010-CGMCAJ-MSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 860-2010-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 371-2010-GM-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.