Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2010 (25/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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un pronunciamiento critico al respecto se configura como consideraciones que debieran asumirse como argumentos en casos similares. 10. Por estos fundamentos y con las precisiones interpretativas realiazdas, mi MORDAZA es porque se declare IMPROCEDENTE la demanda de inconstitucionalidad, por sustraccion de la materia. S. MORDAZA MORDAZA Exp. Nº 00025-2008-PI/TC MORDAZA MAS DE 5,000 CIUDADANOS

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban designacion de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 164-2010-A/MDA
Ancon, 14 de MORDAZA del 2010 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON VISTOS: Informe Nº 001-2010-CPCPEC/MDA de fecha 08 de MORDAZA del 2010 de la Comision para el Concurso Publico de Meritos para la designacion de Ejecutor Coactivo; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 7.1 del articulo 7 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, senala que la designacion del Ejecutor Coactivo como la de Auxiliar Coactivo, se efectuara mediante concurso publico de meritos; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 010-2010-A/MDA de fecha 26 de febrero del 2010, se aprobo las bases para el Concurso Publico de Meritos para la designacion del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Ancon; Que, mediante documentos de Vistos la Comision para el Concurso Publico de Meritos para la designacion de Ejecutor Coactivo - CPCPE, informa que el MORDAZA para la designacion del Ejecutor Coactivo, desarrollado conforme a las bases aprobada, habiendose declarado como ganador al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carzola, para tal efecto, debe procederse a la suscripcion del contrato correspondiente por el plazo de un (01) ano; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la designacion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carzola como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Ancon, conforme a los fundamentos expuestos. Articulo Segundo.- Disponer se proceda a la suscripcion del contrato de naturaleza permanente a plazo determinado, con el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carzola por el lapso de un (01) ano calendario. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administracion el cumplimiento de la presente Resolucion y a la Oficina de Secretaria General su publicacion conforme a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA ALJOBIN MORDAZA Alcaldesa

MORDAZA SINGULAR DEL MAGISTRADO MORDAZA GOTELLI
Emito el presente fundamento de MORDAZA, concordando con lo expuesto por el Doctor MORDAZA MORDAZA, por las consideraciones siguientes: 1. Llega a este Colegiado la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por mas de 5,000 ciudadanos contra el Decreto de Urgencia Nº 025-2008, que establece disposiciones complementarias para la aplicacion de las Leyes Nos 27803 y 29059, considerando que se le esta vulnerando sus derechos a la igualdad ante la Ley y el MORDAZA de irretroactividad de las leyes. 2. En la STC Nº 0007-2009-PI/TC, este Colegiado declaro fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra los articulos 1º, 2º, 3º, 5º, 8º y la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 026-2009, disposicion que precisamente modifico el Decreto de Urgencia que ahora se cuestiona. En el caso mencionado emiti un MORDAZA expresando principalmente que "Se observa del analisis de la MORDAZA, que en situaciones sustancialmente identicas, la MORDAZA cuestionada ha realizado una diferenciacion que afecta los derechos de los trabajadores solo de la cuarta lista, puesto que existiendo igualdad de condiciones y de situacion se le impide, esencialmente, la reincorporacion a los trabajadores de la cuarta lista, lo que constituye un acto discriminatorio que coloca en una situacion disminuida a los integrantes de la referida lista, sin que para ello exista una causa valida de justificacion. En tal sentido la diferenciacion realizada por la MORDAZA sin que exista una justificacion objetiva y razonable, constituye un acto ilegitimo que afecta el principio-derecho de igualdad, por lo que la demanda de inconstitucionalidad debe ser estimada." Asimismo en dicho caso manifeste mi discrepancia con lo expresado en la sentencia en mayoria, puesto que en esta se dejaba en evidencia la existencia de un vicio formal, pero contradictoriamente este vicio solo acarreaba la nulidad de algunos articulos, lo que no es posible, ya que de advertirse un vicio formal este afecta a todo el Decreto y no solo algunos articulos, lo que agrava de mayor manera la situacion de los trabajadores. Por ello es que considere que debia realizarse un analisis de fondo expresando las razones por las que la MORDAZA cuestionada era inconstitucional y por tanto atentatoria a derechos fundamentales. Es asi que concordante con lo expresado con el MORDAZA del Doctor MORDAZA MORDAZA, exprese que la declaratoria de inconstitucionalidad solo afectaba a los articulos cuestionados. 3. Entonces habiendose declarado la inconstitucionalidad de los articulos mencionados del Decreto de Urgencia Nº 026-2009, que modifico el Decreto de Urgencia ahora cuestionado, y habiendo la mencionada sentencia (Exp. Nº 0007-2009-PI/TC) generado sus efectos, carece de objeto pronunciarse por la constitucionalidad de dicho dispositivo por haberse producido la sustraccion de la materia. En consecuencia mi MORDAZA es porque se declare IMPROCEDENTE la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por haberse producido la sustraccion de la materia. SS. MORDAZA GOTELLI

485017-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Reglamentan el MORDAZA del presupuesto participativo basado en resultados en el distrito
ORDENANZA Nº 241-MDA
Ate, 23 de MORDAZA de 2010

484997-1

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