TEXTO PAGINA: 55
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 25 de abril de 2010 417925 Organiza las actividades del proceso participativo haciéndolas de conocimiento público. Propone para consideración de los agentes participantes, los resultados prioritarios a favor de la población que puede ser objeto de atención en el proceso. Propone la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo, señalando su conexión al resultado prioritario que corresponda. Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del Presupuesto Institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo. Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso. Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos. Y rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. b) Concejo Municipal.- Aprueba las políticas, instrumentos y normas que requiera el proceso. Fiscalizan el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso, así como velar el seguimiento, respecto al cumplimiento de los acuerdos en la ejecución del presupuesto participativo y la inclusión de los proyectos o actividades en el Presupuesto Institucional Apertura. c) Consejo de Coordinación Local Distrital de Ate.- Participar y promover activamente el proceso, responder a las convocatorias que realizan las autoridades municipales. Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto institucional correspondiente. Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo. d) Agentes Participantes.- Participan activamente en la discusión, defi nición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. e) Equipo Técnico.- Brinda asistencia técnica y apoyo para la organización y ejecución de las diferentes fases del proceso, desarrolla la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos, verifi cando que corresponda a los estándares técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública cuando corresponda evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados. Capacita a los agentes participantes sobre las distintas fases del proceso. f) Ofi cina General de Planifi cación.- Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando los proyectos priorizados en el proceso del Presupuesto Participativo. Remitir copia de las actas de acuerdos y compromisos, así como el Documento del Proceso a la Dirección General de Presupuesto Público. Así también mantener actualizado el aplicativo interactivo en las diversas fases del proceso. g) Comité de Vigilancia.- Vigila el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo y la ejecución de los proyectos priorizados, solicita al gobierno local la información necesaria para vigilar el cumplimiento de los acuerdos, informan al Concejo Municipal y al Consejo de Coordinación Local el incumplimiento de los acuerdos. CAPÍTULO II DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 5º.- CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO El cronograma anual de actividades del proceso del Presupuesto Participativo para cada año fi scal se aprobará mediante Ordenanza. Artículo 6º.- INSCRIPCIÓN, REGISTRO Y RESPONSABILIDADES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES 6.1 Aprobado el cronograma anual del proceso del Presupuesto Participativo, la Sub Gerencia de Salud y Participación Vecinal tendrá a su cargo la apertura del Libro de Registro de Agentes Participantes conforme al modelo del formato establecido en el Anexo Nº 05 del Instructivo, e iniciará el proceso de inscripción y registro de las organizaciones sociales y sus respectivos agentes participantes, entre otros agentes que participarán en el Proceso del Presupuesto Participativo, de acuerdo al cronograma aprobado. 6.2 El agente participante será el titular de la organización. En caso sea otro miembro integrante de la organización, deberá ser acreditado por el titular de la organización o por la mitad más uno (01) de los miembros de su junta directiva. 6.3 Para inscribirse en el Libro de Registro de Agentes Participantes para el proceso del Presupuesto Participativo, se necesitan los siguientes requisitos: 6.3.1 Fotocopia simple de la Resolución de inscripción de la Organización en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) o la Partida electrónica de los Registros Públicos vigente. 6.3.2 Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del representante de la organización, inscrito en el Distrito de Ate. 6.4 De la Acreditación 6.4.1 Una vez recibida la solicitud de inscripción, la Sub Gerencia de Salud y Participación Vecinal tiene un plazo de tres (3) días hábiles para aprobar la inscripción o formular observaciones a la misma. Las organizaciones cuyas solicitudes de inscripción se encuentren en situación de observadas, se les otorgará un plazo no mayor de tres días hábiles contados a partir de la fecha de notifi cada la observación correspondiente, para subsanarla. 6.4.2 El plazo para presentar observaciones y tachas sobre algún nombre de la lista de Agentes Participantes es de dos (02) días hábiles, dichas observaciones o tachas serán cursadas a los interesados para que las absuelvan en el plazo de dos (02) días hábiles contados a partir del día siguiente de notifi cados. La Gerencia de Servicios Sociales, vencido el plazo de inscripción de agentes participantes, dispondrá la publicación REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL