Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2010 (25/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2010

El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de MORDAZA de 2010, visto el Dictamen Nº 005-2010-MDA/CPyADM de la Comision de Planificacion y Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, senala que las municipalidades, promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece como MORDAZA el MORDAZA de Planeacion Local como un MORDAZA integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos en el cual se establecen las politicas publicas a nivel local, teniendo en cuenta la participacion ciudadana a traves de los vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia con las politicas nacionales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion; Que, en la citada Ley, en su articulo 53º refiere que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a las normas establecidas, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El articulo 97º de la misma ley, indica que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un caracter orientador de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos municipales. Asimismo, en el articulo 73º numeral 5 del cuerpo legal precitado, senala que las municipalidades asumen sus competencias y ejercen las funciones especificas en materia de participacion vecinal, debiendo promover, reglamentar la participacion vecinal en el desarrollo local y organizar los registros de organizaciones vecinales de su jurisdiccion; Que, la Decima Sexta Disposicion Complementaria de la Ley en mencion establece que, las municipalidades determinaran los espacios de concertacion y regularan mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo" y el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que aprueba su Reglamento, asi como la Ley Nº 29298 que modifica la Ley Nº 28056, establecen disposiciones para asegurar la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en MORDAZA con los Planes de Desarrollo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, se establecen los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion que permitan delimitar los proyectos de inversion publica de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos presupuestos participativos; Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607, senala que las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo dispuesto en el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 240-MDA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el MORDAZA 11 de MORDAZA de 2010, se aprobo la Ordenanza que Reglamenta el MORDAZA del Presupuesto Participativo correspondiente al ano fiscal 2011; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01, se aprobo el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados", publicado el sabado 10 de MORDAZA de 2010, el cual establece los mecanismos y lineamientos tecnicos para el MORDAZA del Presupuesto Participativo y deroga el anterior Instructivo; Que, el documento citado en el parrafo anterior es el MORDAZA Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto

Participativo, aprobado por el Ministerio de Economia y Finanzas, y describe la orientacion que se estaria implementando para el MORDAZA del Presupuesto Participativo, la cual se enfoca desde el punto de vista del Presupuesto por Resultados, tal como lo senala el articulo 79º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, donde entendemos por Presupuesto por Resultados a la metodologia que integra las fases del MORDAZA presupuestario con una vision de productos, resultados y el uso eficiente, eficaz y transparente de los recursos del Estado, en beneficio de la poblacion; Que, dado que el MORDAZA del Presupuesto Participativo es anual y se desarrolla de manera similar en cada ejercicio fiscal, es conveniente aprobar una Ordenanza de caracter general que regule el MORDAZA del Presupuesto Participativo para los proximos anos. Que, en merito a lo descrito anteriormente, es necesario derogar la Ordenanza Nº 240-MDA y aprobar una nueva, de acuerdo a las nuevas disposiciones contenidas en el MORDAZA Instructivo; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores asistentes a la sesion extraordinaria de concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE ATE CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 1º.- BASE LEGAL - Constitucion Politica del Peru. - Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. - Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y modificatorias. - Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y modificatorias. - Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su modificatoria Ley Nº 29298. - Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. - Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica. - Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056. - Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo. - Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01. que aprobo el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01. Articulo 2º.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene por objetivo regular las acciones y/o procedimientos a traves de los cuales la sociedad civil organizada y los representantes del gobierno local, participan en las actividades del MORDAZA del Presupuesto Participativo en el distrito de Ate, bajo el MORDAZA normativo dispuesto por la Ley Nº 28056 "Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo" y sus normas modificatorias, reglamentarias y complementarias. Articulo 3º.- FINALIDAD Determinar los proyectos de inversion priorizados, precisando ademas los criterios para la identificacion, acreditacion, registro y capacitacion de los agentes participantes, las fases en que se desarrolla el proceso; la conformacion y responsabilidades del Equipo Tecnico y del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo Anual. Articulo 4º.- ASPECTOS GENERALES DEL MORDAZA Rol de los actores del MORDAZA del presupuesto participativo.- Los actores del MORDAZA del Presupuesto Participativo deberan observar lo siguiente: a) Alcalde.- Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo como Presidente del Consejo de Coordinacion.

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