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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (27/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de abril de 2010 417992 DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Proyecto “Programa Regional para Reforzar los Impactos de las Políticas Públicas en la Erradicación del Hambre y la Desnutrición Crónica Infantil”, suscrito el 12 de agosto de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 486297-7 Ratifican la Enmienda Nº 32A al Convenio de Control de Narcóticos Nº 4 entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú DECRETO SUPREMO Nº 063-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda Nº 32A al Convenio de Control de Narcóticos Nº 4 entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, suscrita el 17 de noviembre de 2004, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda Nº 32A al Convenio de Control de Narcóticos Nº 4 entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, suscrita el 17 de noviembre de 2004, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 486297-8 Ratifican el Acuerdo de Donación para Proyecto de la Construcción del Nuevo Puente Internacional Macará entre la Agencia de Cooperación Internacional del Japón y el Gobierno de la República del Perú DECRETO SUPREMO Nº 064-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo de Donación para Proyecto de la Construcción del Nuevo Puente Internacional Macará entre la Agencia de Cooperación Internacional del Japón y el Gobierno de la República del Perú, fue suscrito el 19 de abril de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo de Donación para Proyecto de la Construcción del Nuevo Puente Internacional Macará entre la Agencia de Cooperación Internacional del Japón y el Gobierno de la República del Perú, suscrito el 19 de abril de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 486297-9 Ratifican el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a la Celebración del Cuadragésimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General 6 al 8 de junio de 2010” DECRETO SUPREMO Nº 065-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a la Celebración del Cuadragésimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General 6 al 8 de junio de 2010”, fue suscrito el 16 de diciembre de 2009, en la ciudad de Washington, Distrito de Columbia, Estados Unidos de América; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno de los República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a la Celebración del Cuadragésimo período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General 6 al 8 de junio de 2010”, suscrito el 16 de diciembre de 2009, en la ciudad de Washington, Distrito de Columbia, Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 486297-10