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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de abril de 2010 418040 entran en vigencia los días 4 de cada mes, por lo que a efectos de evitar recálculos continuos y de conformidad con el principio de simplicidad, previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en virtud del cual se deben eliminar complejidades innecesarias, resulta conveniente que el factor del recargo del fondo de compensación social eléctrica (FOSE) y el programa de transferencias externas entren en vigencia el mismo día, es decir, los días 4 de cada trimestre; Teniendo en consideración el Informe Técnico Nº 0134-2010-GART y el Informe Legal Nº 0027-2010-GART, ambos informes de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese en 1,026 el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados a que se refi ere el Artículo 2º de la Ley Nº 27510, aplicable en la facturación del período mayo 2010 – julio 2010. Artículo 2º.- Apruébese el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al período mayo 2010 – julio 2010. Empresas Aportantes Edelnor Luz del Sur Fecha Límite de Transferencia 15/06/2010 15/07/2010 15/08/2010 15/06/2010 15/07/2010 15/08/2010 Recep- toras Adinelsa 29 666 29 993 30 334 45 715 46 989 48 342 Chavimochic 2 009 1 925 1 848 3 095 3 016 2 946 Electro Sur Medio 3 461 8 168 12 872 5 334 12 797 20 514 Edelsa 941 912 886 1 451 1 428 1 412 Egepsa 2 096 2 085 2 074 3 229 3 266 3 304 Electro Oriente 352 144 350 188 348 132 542 644 548 637 554 790 Electro Pangoa 1 804 1 779 1 756 2 781 2 786 2 798 Electro Puno 221 194 221 922 222 548 340 854 347 684 354 656 Electro Sur Este 245 010 244 426 243 725 377 555 382 939 388 403 Electro Tocache 38 107 37 185 36 259 58 721 58 258 57 782 Electrocentro 516 314 514 122 511 632 795 628 805 470 815 346 Electronoroeste 110 982 112 554 114 072 171 021 176 337 181 787 Electronorte 142 417 142 067 141 685 219 461 222 575 225 792 Electrosur 23 502 24 909 26 293 36 215 39 024 41 900 Emsemsa 2 877 2 915 2 953 4 434 4 568 4 706 Emseusa 6 701 6 540 6 374 10 327 10 246 10 157 Hidrandina 54 760 51 442 48 028 84 383 80 593 76 539 Seal 49 358 48 361 47 332 76 059 75 768 75 429 Sersa 9 046 9 041 9 032 13 939 14 165 14 394 Empresas Aportantes Electro Ucayali Coelvisac Fecha Límite de Transferencia 15/06/2010 15/07/2010 15/08/2010 15/06/2010 15/07/2010 15/08/2010 Empresas Electrocentro 63 841 64 816 65 825 11 105 10 290 9 491 Recep- toras Edecañete Fecha Límite de Transferencia 15/06/2010 15/07/2010 15/08/2010 Empresas Electro Sur Medio 4 008 4 143 4 297 Recep- toras Artículo 3º.- El factor del recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica (FOSE) y el programa de transferencias externas entrarán en vigencia el día 4 del trimestre que corresponda. Artículo 4º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, junto con los informes Nº 0134-2010-GART y Nº 0027- 2010-GART, en la página web del OSINERGMIN. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 486433-5 Aprueban modificación de plazos previstos en el Cronograma de Fijación del VAD del Sector Típico I RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 097-2010-OS/CD Lima, 26 de abril de 2010 CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 668- 2008-OS/CD, publicada el 06 de diciembre de 2008, se aprobó el “Procedimiento Especial para la Fijación de las Tarifas de Distribución Eléctrica del período noviembre 2009 – octubre 2013”; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 181- 2009-OS/CD (en adelante Resolución 181), publicada el 16 de octubre de 2009, se fi jaron las tarifas de distribución eléctrica correspondiente al período noviembre 2009 – octubre 2013, debidamente prepublicadas mediante Resolución OSINERGMIN Nº 150-2009-OS/CD (en adelante Resolución 150), publicada el 24 de agosto de 2009; Que, con Resolución OSINERGMIN Nº 296-2009- OS/CD (en adelante Resolución 296), publicada el 01 de enero de 2010, se resolvió el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Luz del Sur S.A.A. (en adelante Luz del Sur) con fecha 11 de noviembre de 2009 contra la Resolución 181, respecto del VAD del Sector Típico 1; Que, con Resolución OSINERGMIN Nº 297-2009- OS/CD (en adelante Resolución 297), publicada el 01 de enero de 2010, se resolvió el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Edelnor S.A.A. con fecha 11 de noviembre de 2009 contra la Resolución 181, respecto del VAD del Sector Típico 1; Que, como consecuencia de lo resuelto producto de los recursos de reconsideración interpuestos en contra de la Resolución 181, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 298-2009-OS/CD (en adelante Resolución 298), publicada el 01 de enero de 2010, se modifi caron los Valores Agregados de Distribución; la participación de los costos de inversión (aVNR) y los costos de operación y mantenimiento (OyM) en el VADMT y el VADBT; la incidencia del costo de capital de trabajo en el VADMT y VADBT; y los Cargos Fijos, señalados en el numeral 2.1 del Artículo 1º de la Resolución 181; Que, con fecha 29 de enero de 2010, mediante escrito LE-12/2010, Luz del Sur solicitó que el Consejo Directivo de OSINERGMIN disponga la nulidad parcial de ofi cio de la Resolución 296 en el extremo referido a la fi jación del costo de terreno de las subestaciones; Que, analizada la solicitud de Luz del Sur, el OSINERGMIN, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 030-2010-OS/CD (en adelante Resolución 030), resolvió declarar improcedente el pedido de Nulidad de la Resolución 296, efectuado por Luz del Sur y declaró la Nulidad Parcial de Ofi cio de la Resolución 150 que dispuso la prepublicación del proyecto de resolución que fi ja las tarifas de distribución eléctrica aplicables al período noviembre 2009 – octubre 2013, así como la Nulidad de las Resoluciones 181, 296, 297 y 298, en los temas vinculados al Valor Nuevo de Reemplazo de subestaciones del Sector Típico 1;