Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2010 (29/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2010

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Proyecto de MORDAZA "Procedimiento para la Determinacion, Registro y Resguardo de la Informacion Confidencial"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 085-2010-OS/CD MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Memorando Nº 255-2010-OS/GL de la Gerencia Legal, por el cual solicita la autorizacion para la pre publicacion del proyecto de MORDAZA "Procedimiento para la Determinacion, Registro y Resguardo de la Informacion Confidencial". CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, establece que la funcion normativa de los organismos reguladores comprende la facultad de dictar en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, segun lo dispuesto en el articulo 21º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, es facultad de OSINERGMIN, en ejercicio de su funcion normativa, dictar de manera exclusiva y dentro del ambito de su competencia, normas de caracter general sobre asuntos de su competencia; Que, por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, mediante el cual se establecen las disposiciones que regulan el acceso a la informacion publica, asi como las excepciones al ejercicio del derecho de toda persona a solicitar y recibir informacion de cualquier entidad de la Administracion Publica, consagrado en el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru; Que, como consecuencia de los procedimientos de regulacion de tarifas, supervision y evaluacion previa que son tramitados ante el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, este organismo tiene a su cargo la produccion, recepcion y manejo de informacion sensible, cuya revelacion a terceros podria ocasionar perjuicios para su propietario o sujetos involucrados; Que, vistas las excepciones al derecho de acceso a la informacion publica establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, resulta necesario formalizar el procedimiento para la determinacion, registro y resguardo de la informacion que pudiera ser calificada como confidencial, en estricta observancia de las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que, conforme se dispone en el Articulo 25º del Reglamento General del OSINERGMIN, los reglamentos y normas de alcance general que dicte el OSINERGMIN en cumplimiento de sus funciones, deberan pre publicarse en el Diario Oficial El Peruano junto con su exposicion de motivos, debiendo otorgarse un plazo no menor a quince (15) dias calendario, a fin de recibir, de parte de los interesados, las sugerencias o comentarios, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, de igual modo, el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, establece que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio. De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Con la opinion favorable de Gerencia General y Gerencia Legal del OSINERGMIN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la prepublicacion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe, del proyecto de MORDAZA "Procedimiento para la Determinacion, Registro y Resguardo de la Informacion Confidencial". contenido en el anexo adjunto y cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion, conjuntamente con su exposicion de motivos. Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o via correo electronico a: comentariospdc@osinerg. gob.pe, dentro del plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la fecha de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 3º.- La senorita MORDAZA Nerida MORDAZA Rivarola MORDAZA sera la persona encargada de recibir los comentarios a la presente publicacion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº XXX-2010-OS/CD MORDAZA, xx de xxx de 2010 Que, el articulo 3º de la Ley 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, establece que la funcion normativa de los organismos reguladores comprende la facultad de dictar en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, segun lo dispuesto en el articulo 21º del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, es facultad de OSINERGMIN, en ejercicio de su funcion normativa, dictar de manera exclusiva y dentro del ambito de su competencia, normas de caracter general sobre asuntos de su competencia; Que, por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, mediante el cual se establecen las disposiciones que regulan el acceso

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