Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2010 (29/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2010

D H I

CATEGORIAS DE USO (segun Ordenanza Nº 318-MM) Hoteles de 3 a 5 estrellas Clubes Sociales Bingo, Tragamonedas y Juegos de Azar

Articulo Segundo.- Beneficio Tributario Establezcase en favor de los sujetos indicados en el articulo anterior, que la determinacion anual de los arbitrios municipales del ano 2010, regulada por la Ordenanza Nº 318-MM, tiene como tope el equivalente a la suma total de los montos insolutos de arbitrios municipales del ano 2009 incrementado en 9.8%. La determinacion por vencimiento trimestral, a que se refiere el articulo 4º de la Ordenanza Nº 318-MM, se adecuara a lo senalado en el parrafo anterior. Articulo 3º.- Incentivo por pago puntual Los incentivos por pago puntual establecidos en los articulos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 324-MM, no seran de aplicacion a los beneficiarios de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGATURA Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Sistemas, respectivamente. Segunda.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase.

Municipalidades tienen funciones especificas, exclusivas y compartidas en materia de saneamiento, salubridad y salud. Que, el Articulo 82° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972, establece que las Municipalidades, Ley N° 27972 en su numeral 13 indica promover una cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del medio ambiente. Que, la estrategia de Municipios y Comunidades Saludables permite promover calidad de MORDAZA desde los municipios en el MORDAZA de la promocion de la salud, que actua sobre los determinantes sociales de la salud, generando condiciones favorables para la salud y el desarrollo de las personas y comunidades. Que, desde 1996 se viene implementando en el Peru la iniciativa de Municipios y comunidades Saludables escuelas, familias y viviendas saludables para un desarrollo sostenible, promovida por el Ministerio de Salud, con el apoyo de la Organizacion Panamericana de la Salud / Organizacion Mundial de la Salud. Que, el Concejo Municipal Distrital de MORDAZA MORDAZA como Gobierno Local es el responsable de las politicas que favorezcan el desarrollo de la poblacion de su jurisdiccion debiendo, en consecuencia, promulgar las normas y reglamentos para facilitar su cumplimiento. Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con el Art.9° Numeral 8) y Articulos 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972 con el MORDAZA unanime del Pleno del Concejo, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA LA ESTRATEGIA DE MUNICIPIOS SALUDABLES EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA TITULO I GENERALIDADES

MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 486583-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Institucionalizan la Estrategia de Municipios y Comunidades Saludables en el distrito
ORDENANZA Nº 00054/MDSA MORDAZA MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2010 VISTO: en la Sesion Ordinaria de la fecha que se indica, el Oficio Nº 176-2010-MR-SANTA MORDAZA, en relacion al Proyecto de Ordenanza que institucionaliza la Estrategia de Municipios Saludables en el distrito de MORDAZA Anita. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto par el Articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 -- Ley Organica de Municipalidades los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 9° en su numeral 34 establece aprobar los espacios de concertacion y participacion vecinal, a propuesta del MORDAZA, si coma reglamentar su funcionamiento. Que, segun el Articulo 97 0 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972 recomienda que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos participativos tienen un caracter orientador de la inversion asignacion y ejecucion de los recursos municipales. Que, el Articulo 80° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972, establece que las

Articulo 1°.- La presente Ordenanza institucionaliza la implementacion de la Estrategia de Municipios y Comunidades Saludables en el distrito de MORDAZA MORDAZA como mecanismo para incidir en los determinantes sociales de la salud que afectan a los pobladores del distrito en el MORDAZA del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Plan Operativo Institucional de la Corporacion Municipal. Articulo 2º.- La presente Ordenanza establece el MORDAZA para la implementacion de la Estrategia de Municipios y Comunidades Saludables en el MORDAZA de fortalecimiento de la gestion local en el distrito, considerando al conjunto de acciones necesarias para ello. TITULO II DEL EQUIPO TECNICO LOCAL Articulo 3°.- La implementacion de la Estrategia de Municipios y comunidades Saludables, en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, estara a cargo de un Equipo Tecnico Local, la misma que sera conformada mediante Resolucion de Alcaldia o su representante tres (03) Gerentes de la Corporacion Municipal, el Director de Promocion de la Salud de la Direccion IV MORDAZA Este o su representante, el responsable del Programa de Municipios y Comunidades Saludable de la Direcci6n IV MORDAZA Este, el Director de la Oficina de Desarrollo Institucional (ODI) el Responsable Promocion de la Salud de la Red de Salud de MORDAZA MORDAZA y seis (06) trabajadores de los establecimientos de salud, un (1) representante de las comunidades saludables dos representantes de instituciones. TITULO III DE LA GERENCIA RESPONSABLE Articulo 4°.- Designar a la Gerencia de Servicios Publicos y Desarrollo Social y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, como responsables de la implementacion de la Estrategia de Municipios y Comunidades Saludables en el distrito de MORDAZA MORDAZA, quienes tendran que planificar, ejecutar y supervisar la implementacion del mismo para lo cual designaran el personal necesario para su aplicacion.

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