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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (29/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de abril de 2010 418140 Magdalena Barbetta Aguilar”, del Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Región Ica, afectada por el Sismo del 15 de Agosto de 2007, monto: S/. 59,608.00 nuevos soles; 3. Expediente Técnico para la “Reconstrucción de la Infraestructura de la Institución Educativa Nº 22233- Paulino Reategui Aguilar”, del Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Región Ica, afectada por el sismo del 15 de agosto de 2007, monto: S/. 46,269.00 nuevos soles; 4. Expediente Técnico para la “Reconstrucción del Centro de Educación Productiva Pedro Ronceros Calderón” ubicado en el Centro Poblado Balconcito, del Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Región Ica; monto: S/. 16,700.00 nuevos soles. Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial Permanente que corresponda llevar a cabo el proceso de selección que corresponda a la elaboración de expedientes técnicos referidos en el artículo que antecede, conforme al procedimiento indicado en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y normas legales vigentes. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, División de Obras Públicas y Ornatos, y Sub Gerencia de Abastecimiento la verifi cación, fi scalización y control de la Elaboración de los Expedientes Técnicos que se refi eren en el Artículo Primero de la presente Resolución, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, considerar los montos referidos en el Artículo Primero de la presente Resolución, en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) Año 2010, con las respectivas asignaciones presupuestarias correspondientes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ ALBERTO NAVARRO GRAU Alcalde 486946-1 PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Decreto Supremo que modifi ca el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 191-2010-MTC/03 Lima, 20 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo No. 005- 2005-MTC, establece que el referido Reglamento tiene por objeto establecer el régimen general, los requisitos, las características, los derechos y obligaciones de los titulares de los servicios de radiodifusión, sonora y por televisión de señal abierta, así como la forma y condiciones de otorgamiento de los títulos habilitantes necesarios para su operación y prestación. De igual forma, tiene por objeto establecer las pautas para la gestión y control del espectro radioeléctrico atribuido a dicho servicio, así como el régimen administrativo sancionador aplicable; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones mediante Informes Nos. 038 y 061-2010-MTC/26 del 25 de febrero y 15 de marzo de 2010 respectivamente, recomienda la publicación del proyecto de norma que aprueba la modifi cación de los artículos 63, 124, 135, 142 y 155 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo No. 005-2005-MTC, por el plazo de quince (15) días calendario, en atención a lo establecido en la Directiva Nº 003-2008-MTC/01, “Directiva que establece el procedimiento para la prepublicación de Normas Legales”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 191-2008-MTC/01, modifi cada por Resolución Ministerial No. 342-2008-MTC/01; Que, el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de norma de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) días calendario, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicación del referido proyecto de norma en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Radio y Televisión, Ley No. 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo No. 005-2005-MTC, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por Decreto Supremo No. 001-2009-JUS y la Resolución Ministerial Nº 191-2008- MTC/01 y su modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modifi cación del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo No. 005-2005-MTC en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al citado proyecto de Decreto Supremo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones