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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de agosto de 2010 424032 del Consejo de Ministros el nombre de la persona que consideren merecedora del otorgamiento de la condecoración “Medalla al Mérito Ciudadano”, fundamentando su propuesta; Que, en el ejercicio de las funciones de coordinación que le han sido atribuidas al Presidente del Consejo de Ministros en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, éste se encuentra en aptitud de tomar conocimiento sobre aquellas personas que pueden ser merecedoras a recibir la condecoración “Medalla al Mérito Ciudadano”, por lo que resulta oportuno que también pueda proponer candidatos a la condecoración; Que, en el artículo 7º de la misma Resolución Ministerial se ha establecido que la condecoración “Medalla al Mérito Ciudadano” puede ser recibida por ciudadanos peruanos o extranjeros residentes mayores de edad, que no ejerzan función o servicio público, ni presten servicios en las Fuerzas Armadas ni en la Policía Nacional del Perú; Que, sin perjuicio de los reconocimientos o condecoraciones que se hagan merecedores los empleados públicos o los miembros de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú, en ejercicio de sus funciones o servicios, y de acuerdo con las normas de la materia, resulta pertinente, que en igualdad de condiciones, se haga extensivo el otorgamiento de la condecoración “Medalla al Merito Ciudadano” a las personas antes mencionadas, y a todo peruano o extranjero residente en el país, que pudiera merecerlo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 1º, el inciso 1) del artículo 5º y el artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 440-2009-PCM del 22 de octubre de 2009, en los siguientes términos: «Artículo 1º.- Creación de la condecoración “Medalla al Mérito Ciudadano” Crear la condecoración denominada “Medalla al Mérito Ciudadano” que se otorgará a las personas que hayan destacado en el ejercicio de su profesión, ofi cio o actividad, benefi ciando con ello a la Nación, a la sociedad, a su comunidad o sus prójimos, siendo un ejemplo a seguir por las demás personas.» «Artículo 5º.- Procedimiento para el otorgamiento de la condecoración Para el otorgamiento de la condecoración se seguirá el siguiente procedimiento: 1) Los ciudadanos, los gremios y demás instituciones de la sociedad civil o del sector privado, podrán proponer al Presidente del Consejo de Ministros el nombre de la persona que consideren merecedora del otorgamiento de la condecoración “Medalla al Mérito Ciudadano”, fundamentando su propuesta. El Presidente del Consejo de Ministros también podrá proponer de oficio, o a pedido de alguna entidad pública, a la persona o personas que considere merecedora(s) de la condecoración. (...)» «Artículo 7º.- Personas que pueden recibir la condecoración La condecoración “Medalla al Mérito Ciudadano” puede ser otorgada a los peruanos o a los extranjeros residentes en el país.» Regístrese, publíquese y comuníquese. JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 532741-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Brasil para participar en Curso de Desminado Humanitario RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 340-2010-DE/MGP Lima, 18 de agosto de 2010 Visto el Ofi cio N.1000-1699 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 8 de julio de 2010; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2010, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Superior para que participe en el Curso de Desminado Humanitario, a llevarse a cabo en el Centro de Instrucción Almirante Silvio Camargo (CIASC), ciudad de Río de Janeiro - BRASIL, a partir del 8 de setiembre al 7 de octubre de 2010; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el curso señalado en el considerando precedente, responde a la necesidad de acceder a nuevos conocimientos y procedimientos de operatividad y funcionamiento sobre eliminación de los peligros derivados de las minas, adquirir mayor experiencia en éste tipo de cursos, actualizar y complementar los conocimientos técnicos y operativos adquiridos en los diversos Cursos del Sistema de Enseñanza Naval, asimismo; contribuirá a elevar el nivel profesional del participante, garantizando una efi ciente transmisión y explotación del mismo con la fi nalidad sean vertidos en provecho de la Marina de Guerra del Perú; Que, el curso se encuentra considerado en el Rubro 1: Formación/Califi cación/Especialización, Ítem 55, Anexo 1 (RO), aprobado mediante Resolución Suprema Nº 130- 2010-DE/SG de fecha 1 de abril de 2010 y Resolución Suprema Nº 260-2010-DE/SG de fecha 9 de junio de 2010, que modifi ca el Plan anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses marzo a diciembre del Año Fiscal 2010; Que, es conveniente autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Juan Carlos ZAPATA Matienzo, para que participe en el Curso de Desminado Humanitario, a llevarse a cabo en el Centro de Instrucción Almirante Silvio Camargo (CIASC), en la ciudad de Río de Janeiro - BRASIL, a partir del 8 de setiembre al 7 de octubre de 2010, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto de Urgencia Nº 001-2010 de fecha 6 de enero de 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Juan Carlos ZAPATA Matienzo CIP 00920198 y DNI 43317408, para que participe en el Curso de Desminado Humanitario, a llevarse a cabo en el Centro de Instrucción Almirante Silvio Camargo (CIASC), en la ciudad de Río de Janeiro - BRASIL, a partir del 8 de setiembre al 7 de octubre de 2010. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: