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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (19/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de agosto de 2010 424035 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 314-2009-EF, se declaró concluido el proceso de efectivización de la transferencia de funciones sectoriales en materia de población, desarrollo social e igualdad de oportunidades al Gobierno Regional del Departamento de Lima, autorizándose a su favor una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Que, a fi n de garantizar la ejecución de las funciones sectoriales transferidas por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES al Gobierno Regional del Departamento de Lima, por Decreto Supremo Nº 108- 2010-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el presente ejercicio fi scal, con cargo a la genérica del gasto 2.3 bienes y servicios del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, hasta por la suma de NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 95 795,00), de conformidad con lo dispuesto por la Tercera Disposición Transitoria Complementaria de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Que, por Decreto de Urgencia Nº 037-2010, se establecieron medidas en materia económica y fi nanciera en los Pliegos del Gobierno Nacional para el cumplimiento de las metas fi scales del Año Fiscal 2010, precisando en el numeral 2.2 del artículo 2º, que la genérica “Bienes y Servicios” a nivel del pliego presupuestario no puede ser habilitadora ni habilitada por modifi caciones en el nivel institucional; Que, en consecuencia, resulta necesario modifi car el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 108-2010-EF, en lo referido a la genérica habilitadora “Bienes y Servicios”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, la Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, el Decreto de Urgencia Nº 037- 2010, los Decretos Supremos Nº 036-2007-PCM, Nº 029-2008-PCM y Nº 083-2008-PCM, y las Directivas Nº 001-2007-PCM/SD, Nº 006-2007-PCM/SD y Nº 003-2008- PCM/SD, aprobadas por Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, Nº 025-2007- PCM/SD y Nº 044-2008-PCM/SD, respectivamente; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 108-2010-EF Modifícase el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 108-2010-EF, el cual quedará redactado en los términos siguientes: “Artículo 1.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 95 795,00), para ser destinados a las competencias y funciones sectoriales en materia de población, desarrollo social e igualdad de oportunidades, transferidas al Gobierno Regional del Departamento de Lima en el marco del proceso de descentralización, conforme al siguiente detalle: DE LA: (EN NUEVOS SOLES) SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central SECTOR 39 : Mujer y Desarrollo Social PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Nivel Central FUNCIÓN 23 : Protección Social PROGRAMA FUNCIONAL 004 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0005 : Planeamiento Institucional ACTIVIDAD 061817 : Conducir el Planeamiento y Presu- puesto Institucional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 95 795,00 ------------- TOTAL 95 795,00 ======== A LA: (EN NUEVOS SOLES) SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 463 : Gobierno Regional del Departa- mento Lima FUNCIÓN 23 : Protección Social PROGRAMA FUNCIONAL 051 : Asistencia Social SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0114 : Desarrollo de Capacidades Socia- les y Económicas ACTIVIDAD 046405 : Protección Social FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 95 795,00 ------------- TOTAL 95 795,00” ======== Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas NIDIA VÍLCHEZ YUCRA. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 532739-3 Autorizan Crédito Suplementario a favor del Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 DECRETO SUPREMO N° 175-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el inciso i) del literal d), numeral 4.2 del artículo 4º de la Ley Nº 29466 - Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento interno, en materia de Defensa Nacional hasta por el importe de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250 000 000,00); Que, en el marco de la autorización antes mencionada, mediante Decreto Supremo Nº 149-2010-EF publicado con fecha 09 de julio de 2010, se aprobó la operación de endeudamiento interno, a ser acordada entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco de la Nación hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250 000 000,00), destinados a fi nanciar la adquisición de equipamiento militar para las operaciones en la zona del Valle de los Ríos Apurímac y Ene (VRAE);