Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2010 (16/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Ley Nº 29035, Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y dicta otras medidas; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por D.S. Nº 004-2010-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar que el Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", cuenta con facultad para aprobar los desembolsos que efectue el Programa a favor de los Nucleos Ejecutores, en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 085-2009 y normas conexas, conforme a lo establecido en los convenios y adendas que suscriba el Programa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 578745-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, EE.UU. y Australia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 201-2010-MTC MORDAZA, 15 de diciembre de 2010 VISTO: El Informe Nº 646-2010-MTC/12.04 del 28 de octubre de 2010, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 342-2010-MTC/12.04 del 21 de octubre de 2010, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que realicen los inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, entre otros, habiendose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 1 del Decreto de Urgencia Nº 0012010, preciso que para el caso de las entidades publicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restriccion establecida en el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29465, se canalizan a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Lan Peru S.A. ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de diciembre de 2010, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Lan Peru S.A. ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, el costo del viaje de inspeccion, esta integramente cubierto por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de la respectiva orden de inspeccion, y referida en el Informe Nº 646-2010MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con la Ley Nº 27261, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 29465, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, y a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Samolski Edery, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara desde el 16 al 20 de diciembre de 2010, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nos. 646-2010-MTC/12.04 y 342-2010-MTC/12.04. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonado a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolucion Suprema, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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