Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2010 (23/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010; y el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la bachiller en ciencias de la comunicacion Maryori MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Coordinadora Tecnica, Nivel F-3, de la Oficina de Comunicacion Social de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la licenciada en ciencias de la comunicacion MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA Nunez, en el cargo Coordinadora Tecnica, Nivel F-3, de la Oficina de Comunicacion Social de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud
581741-2

Que, mediante Oficio Circular Nº 039-10-SCDOSITRAN, el Organismo Regulador remite el Acuerdo Nº 1321-371-10-CD-OSITRAN, mediante el cual el Consejo Directivo de OSITRAN aprueba la Opinion Tecnica contenida en el Informe Nº 041-10-GRE-GS-GALOSITRAN, respecto del Proyecto de Addenda Nº 08 al Contrato de Concesion; Que, en virtud del Informe Nº 652-2010-MTC/25 de la Direccion General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se sustenta tecnica, financiera y legalmente la necesidad de suscribir la Octava Addenda al Contrato de Concesion, asi como se autoriza al funcionario que la suscribira en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente; la empresa Interoceanica Sur ­ Tramo 2 S.A., en su calidad de Concesionaria, han convenido en celebrar Octava Addenda al Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el Decreto Supremo Nº 06096-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1012 y el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de la Addenda Nº 08 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil, entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente, y la empresa Interoceanica Sur ­ Tramo 2 S.A., en su calidad de Concesionaria, la misma que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Addenda a que se refiere el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones
581351-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban texto de la Addenda Nº 08 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 594-2010-MTC/02

MORDAZA, 22 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con fecha 04 de agosto de 2005, se suscribio el Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Tramo Vial del Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil, entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente, y la empresa Interoceanica Sur ­ Tramo 2 S.A., en su calidad de Concesionaria, en adelante el Contrato de Concesion; Que, en virtud de lo establecido en la Seccion XVII del Contrato de Concesion, las partes han acordado suscribir la Addenda Nº 08 al Contrato de Concesion, con el objeto precisar la Clausula 1.6; modificar la Clausula 5.15; incluir la Clausula 6.51; modificar la Clausula 7.7; Clausula 8.10; el literal a) de la Clausula 8.12; la Clausula 8.14; la Clausula 8.14 a) y 8.14 b); literal b) de la Clausula 8.21; literal d) y e) a la Clausula 8.21; la Clausula 8.24 A g); la Clausula 8.24 B; Clausula 8.26; los literales c), d) y e) de la Clausula 8.32; el numeral 4.13 y 5.1 del Anexo I y el Apendice 3 del Anexo I del Contrato de Concesion; entre otros aspectos vinculados al Contrato de Concesion; Que, para tal efecto, de conformidad con lo previsto en el Contrato de Concesion, se solicito opinion al Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte Publico - OSITRAN;

Aprueban texto de la Addenda Nº 4 al Contrato de Concesion para el mantenimiento, rehabilitacion, construccion de obras de infraestructura vial ferroviaria y explotacion del Ferrocarril del Sur y Sur Oriente, suscrito con la empresa Ferrocarril Transandino S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 595-2010-MTC/02

MORDAZA, 22 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, habiendose suscrito el Contrato de Concesion para el mantenimiento, rehabilitacion, construccion de obras de infraestructura vial ferroviaria y explotacion del Ferrocarril del Sur y Sur Oriente, entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente, y la empresa Ferrocarril Transandino S.A., en su calidad de Concesionaria, en adelante el Contrato de Concesion; Que, en virtud de lo establecido en el numeral 3 de la Clausula Vigesimo Tercera del Contrato de Concesion, las

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