Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2010 (23/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 2010

General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

de licencia, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad; RESUELVE:

SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
581622-1 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 376-2010-CE-PJ Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado San MORDAZA de Ampurhuay, con competencia ademas en el Centro Poblado San MORDAZA de Ampurhuay, y Anexos Jatun Rumi, Chununa y Llacco; Distrito de Acoria, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

MORDAZA, 16 de noviembre de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 1830-2010-P-CSJHU-PJ, cursado por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y el Informe Nº 199-2010-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:
Primero: Que, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado San MORDAZA de Ampurhuay, Distrito de Acoria, Provincia y Departamento de Huancavelica, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida circunscripcion; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1179 habitantes, conjuntamente con el Centro Poblado San MORDAZA de Ampurhuay, y Anexos Jatun Rumi, Chununa y Llacco, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado en la localidad de Anancusi y Pallalla, a 7 y 10 kilometros de distancia, respectivamente, empleando los pobladores para su desplazamiento una hora con treinta minutos y dos horas, respectivamente; asimismo la MORDAZA de Huancavelica, sede de la Corte Superior de Justicia, dista a 105 kilometros, empleando los pobladores para su desplazamiento tres horas en automovil; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 199-2010-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado San MORDAZA de Ampurhuay, Distrito de Acoria, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Huancavelica; consignandose los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes del centro poblado y anexos a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso a la justicia a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula;

Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
581622-2 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 377-2010-CE-PJ

MORDAZA, 16 de noviembre de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 1831-2010-P-CSJHU-PJ, cursado por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y el Informe Nº 195-2010-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:
Primero: Que, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado San MORDAZA de Anaylla, Distrito de Acoria, Provincia y Departamento de Huancavelica, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida circunscripcion; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 937 habitantes, conjuntamente con las Comunidades Campesinas Sol Naciente, MORDAZA Baja, Alhuara y Yanacc, y los Anexos Ccasipata y Ccosnipuquio, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado en la localidad de Anancusi y Muyunmarca, que se encuentran ubicados a 6 y 8 kilometros de distancia, respectivamente, empleando los pobladores para su desplazamiento una hora y una hora con treinta minutos, respectivamente; asimismo, se encuentra a 80 kilometros de distancia del Juzgado de Paz de Izcuchaca, empleando los pobladores tres horas en auto; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 195-2010-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse

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