Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el Factor de Compensacion Tarifaria (FCT) definido en el Cuadro N° 6, numeral 1.2 del Articulo 2° de la Resolucion OSINERGMIN N° 0792010-OS/CD e incorporar en dicho Cuadro el Factor de Distribucion del Saldo (FDS) que se aplicara en la formula de actualizacion, ambos por el periodo comprendido entre el 04 de enero y el 30 de MORDAZA de 2011. Empresa Distribuidora Adinelsa Chavimochic Edelnor Edelsa Egepsa Electro Oriente Electro Pangoa Electro Sur Este Electro Ucayali Electrocentro Electronorte Hidrandina Seal FCT 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,68 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 FDS 3,10 3,10 3,10 3,10 3,10 10,49 3,10 26,06 3,10 3,10 3,10 3,22 15,16

Articulo 5°.- Modificar los Precios en MORDAZA Efectivos contenidos en el Cuadro Nº 10 del Articulo 4° de la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD, a partir del 04 de enero de 2011, por los siguientes: Subestaciones Tension PPM PEMP Base kV S/./kW-mes ctm. S/./kW.h Adinelsa Chavimochic Edelnor Edelsa Egepsa Electro Oriente Electro Pangoa Electro Sur Este Electro Ucayali Electrocentro Electronorte Hidrandina Seal MT MT MT MT MT MT MT MT MT MT MT MT MT 17,88 17,88 17,88 17,88 17,88 17,88 17,88 17,88 17,88 17,88 17,88 17,88 17,88 19,27 19,27 19,27 19,27 19,27 25,36 19,27 29,28 19,27 19,27 19,27 19,32 24,25 PEMF ctm. S/./kW.h 19,27 19,27 19,27 19,27 19,27 25,36 19,27 29,28 19,27 19,27 19,27 19,32 24,25

Articulo 2°.- Modifiquese las formulas de actualizacion (8) y (9) definidas en el Articulo 2°, numeral 1.2 de la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD, las mismas que se aplicaran en el periodo comprendido entre el 04 de enero y el 30 de MORDAZA de 2011, como sigue:
PEMP1ef = PEMP0ef + PEMP0 * (FAPEM-1) ­ FCT*K ­ FDS PEMF1ef = PEMF0ef + PEMF0 * (FAPEM-1) ­ FCT*K ­ FDS (8) (9)

Articulo 6°.- Las formulas de actualizacion y los Precios en MORDAZA Efectivos indicados en los Articulos 2° y 5° respectivamente, se aplicaran en forma simultanea el dia 04 de enero de 2011. Articulo 7º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con los Informes Tecnico N° 0448-2010GART y Legal N° 0540-2010-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 584124-1

Articulo 3°.- Modifiquese la definicion del parametro K, parametro de vigencia del factor FCT descrito en el Articulo 2°, numeral 1.2 de la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD, como sigue: "Parametro de vigencia del factor FCT. K toma el valor de cero entre el 01 de MORDAZA de 2010 y el 30 de MORDAZA de 2011. Cabe precisar que el efecto sobre los precios a nivel de generacion de los sistemas aislados debido a la modificacion del valor del parametro K debera trasladarse inmediatamente a los pliegos tarifarios de los usuarios regulados del servicio publico de electricidad." Articulo 4°.- Reemplazar los valores de las Compensaciones Anuales del Mecanismo de Compensacion para los Sistemas Aislados, contenidos en el Cuadro Nº 9 del Articulo 3° de la Resolucion OSINERGMIN N° 079-2010-OS/CD por los siguientes: Empresa Distribuidora Adinelsa Chavimochic Edelnor Edelsa Egepsa Electro Oriente Electro Pangoa Electro Sur Este Electro Sur Medio Electro Ucayali Electrocentro Electronorte Hidrandina Seal Sersa Total Compensacion Anual (Nuevos Soles) 633 233 14 633 234 786 31 419 57 287 73 075 071 106 756 958 356 725 173 900 1 640 377 1 793 741 778 110 1 360 785 715 006 81 574 185 % Participacion 0,7763% 0,0179% 0,2878% 0,0385% 0,0702% 89,5811% 0,1309% 1,1748% 0,0009% 0,2132% 2,0109% 2,1989% 0,9539% 1,6682% 0,8765% 100,0000%

Aprueban Procedimiento Tecnico del Comite de Operacion Economica del Sistema "Calculo de la Energia Dejada de Inyectar por Causas Ajenas al Generador RER"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 289-2010-OS/CD MORDAZA, 29 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con fecha 02 de MORDAZA de 2008, se publico en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Legislativo N° 1002, MORDAZA para promover el aprovechamiento de los Recursos Energeticos Renovables ("RER"). Esta MORDAZA fue complementada mediante el Decreto Supremo Nº 050-2008-EM, que aprobo el Reglamento de la Generacion de Electricidad con Energias Renovables. Sobre el particular, uno de los mecanismos de promocion de la generacion de electricidad con RER es el otorgamiento de un ingreso anual garantizado a aquellos generadores que resulten adjudicatarios de los procesos de subasta que se realizaran conforme a los requerimientos que establezca el Ministerio de Energia y Minas; Que, al respecto, con fechas 12 de febrero y 23 de MORDAZA de 2010 se llevaron a cabo los actos publicos de adjudicacion de la primera y MORDAZA convocatorias de la Primera Subasta de Electricidad con Recursos Energeticos Renovables, cuyas Bases Consolidadas fueron aprobadas por el Ministerio de Energia y Minas; Que, de acuerdo con el numeral 1.2.22 de las mencionadas Bases, el Comite de Operacion Economica del Sistema (COES) debe establecer el procedimiento para determinar la energia dejada de inyectar por causas ajenas al generador RER; Que, de otro lado, de acuerdo con la MORDAZA "Guia de elaboracion de Procedimientos Tecnicos", aprobada

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