Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2010 (30/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

432215

VIVIENDA
Decreto Supremo que autoriza al Banco de Materiales S.A.C a otorgar facilidades crediticias
DECRETO SUPREMO Nº 018-2010-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley No. 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, preve que esta entidad tiene entre otras funciones el disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, asi como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento, conforme a Ley; Que, mediante Ley No. 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional ­ BFH, como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el cual es otorgado por unica vez a un grupo familiar beneficiario, y que constituye un subsidio para ser destinado exclusivamente a la adquisicion, construccion o mejoramiento de una vivienda de interes social, correspondiendo su administracion al Fondo MIVIVIENDA S.A., con cargo a sus Recursos Propios; Que, el articulo 4 del Decreto Supremo No. 011-2007VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo No. 0332007-VIVIENDA, establecio que el Directorio del Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT, por el plazo de un (01) ano, podra aprobar lineas de credito a ser otorgadas a las personas beneficiadas con el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH, que adquieran las viviendas de interes social de los Proyectos de Vivienda Techo Propio que este mismo ejecute, asi como en cualquier otro Proyecto Techo Propio que se ejecute a nivel nacional, por promotores inmobiliarios, es decir, por personas juridicas de derecho publico o privado, que ejecutan la obra directamente o bajo contrato con terceros; siendo que, dicho plazo concluyo a la fecha, por lo que es necesario autorizar nuevamente al BANMAT a otorgar facilidades crediticias en favor de dichas familias beneficiarias; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 25 de la Ley No. 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley No. 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y el Decreto Supremo No. 002-2002VIVIENDA, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; DECRETA: Articulo 1º.- Facilidades Crediticias El Directorio del BANMAT, por el plazo de un (01) ano, a partir de la publicacion del presente dispositivo, podra aprobar lineas de credito a ser otorgadas a las personas beneficiadas con el BFH, que adquieran las viviendas de interes social de los Proyectos de Vivienda Techo Propio que este mismo ejecute, asi como en cualquier otro Proyecto Techo Propio que se ejecute a nivel nacional, por promotores inmobiliarios, es decir, por personas juridicas de derecho publico o privado, que ejecuta la obra directamente o bajo contrato con terceros. Articulo 2º.- Directivas El Directorio del BANMAT emitira, en caso de ser necesario, las directivas internas para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 584157-14

Incorporan las Metas e Indicadores de las politicas nacionales en materia de "Seguridad y Defensa Nacional" en la matriz de programacion de las Metas e Indicadores de Desempeno del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento del ano 2010
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 210-2010-VIVIENDA MORDAZA, 28 de diciembre del 2010. VISTO: El Memorandum N° 432-2010/VIVIENDA-ODN de la Oficina de Defensa Nacional. CONSIDERANDO: Que, el articulo 26 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que el Gobierno Nacional tiene la competencia exclusiva, entre otras, de disenar, las politicas nacionales y sectoriales; Que, el numeral 22.2 del articulo 22 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministerios disenan, establecen, ejecutan y supervisan politicas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoria respecto de ellas; Que, la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que el Ministerio es el organismo rector del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, y tiene competencia para formular, aprobar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, correspondiendole dictar las normas sectoriales de alcance nacional y supervisar su cumplimiento; Que, mediante el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, se establecen las politicas nacionales que, en adicion a las politicas y acciones sectoriales, son de obligatorio cumplimiento de todos y cada uno de los Ministerios y demas entidades del Gobierno Nacional, incluyendo entre estas, las politicas nacionales en materia de Seguridad y Defensa Nacional. Asimismo, el citado Decreto Supremo dispone que mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, los Ministerios aprobaran y publicaran las metas concretas y los indicadores de desempeno para evaluar semestralmente el cumplimiento de las politicas nacionales y sectoriales de su competencia; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0252010-VIVIENDA, se aprueba las Metas e Indicadores de Desempeno del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento para el ano 2010, correspondientes a la ejecucion de nueve politicas sectoriales; Que, mediante el documento de visto la Oficina de Defensa Nacional, solicita la incorporacion de los indicadores y metas comprendidas en dos politicas nacionales de la materia "Seguridad y Defensa Nacional", exponiendo la necesidad de su incorporacion a la matriz de Metas e Indicadores de Desempeno 2010 del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en merito a lo MORDAZA senalado resulta necesario incluir las Politicas Nacionales en materia de Seguridad y Defensa Nacional en la Matriz de Metas e Indicadores de Desempeno del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento para el ano 2010, aprobadas mediante Resolucion Ministerial N° 025-2010-VIVIENDA; Con la visacion de los Directores Generales de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y de Planificacion y Presupuesto y del Jefe de la Oficina de Defensa Nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM que define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.