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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010 433315 a. Determinación y asignación del costo total por segmento o categoría de usuarios. b. Determinación de los arbitrios, mediante la distribución del costo asignado a cada segmento o categoría y entre los predios que comprende, de manera tal que se refl eje en cada uno de ellos el benefi cio obtenido o la demanda real o potencial del servicio público municipal. c. Aplicación del carácter general de los arbitrios, teniendo en consideración que el servicio prestado se pone a disposición de la generalidad de los vecinos. Artículo 11°.- Base Imponible La base imponible de los Arbitrios está constituida por el costo total del Servicio Público correspondiente, y modulados en función a la intensidad del uso del servicio. Artículo 12°.- Determinación de los Arbitrios El monto anual de los Arbitrios Municipales se determina distribuyendo el costo total del servicio entre los predios, aplicando los criterios establecidos en los artículos 14°, 15° y 16° de la presente Ordenanza. Articulo 13°.- Distribución del costo del servicio de limpieza pública y cálculo del arbitrio. El costo de los servicios de Barrido de Calles y de Recojo Domiciliario de Residuos Sólidos que corresponde a cada predio y/o unidad catastral, se obtiene aplicando los criterios y tablas siguientes: a. Barrido y limpieza de calles: El costo del servicio se distribuye en la forma siguiente: - Se distribuye el costo total por segmentos de predios y/o unidades catastrales, organizados en función al benefi cio real y/o potencial recibido por el servicio de barrido y limpieza de vías, y - El costo asignado a cada segmento se divide entre la cantidad de metros lineales, determinándose el Monto Unitario por metro lineal del frente del predio. De acuerdo a las categorías establecidas por el nivel de benefi cio recibido: TABLA 1 MONTO UNITARIO MENSUAL PARA LA DETERMINACIÓN DEL ARBITRIO DE BARRIDO Y LIMPIEZA DE VÍAS 2011. CATEGORÍA FRECUENCIA DEL SERVICIO MONTO UNITARIO MENSUAL Metro Lineal del Frente del Predio Única Una vez al día 0.67 b. Recojo Domiciliario de Residuos Sólidos: El costo del servicio de distribuye en la forma siguiente: El costo total se distribuye por segmentos de predios y/o unidades catastrales, organizados en función al benefi cio real y/o potencial recibido por el servicio de recojo domiciliario de residuos sólidos. El costo asignado a cada segmento o grupo de predios y/o unidades catastrales organizados, se divide entre la cantidad total de metros cuadrados construidos que tengan los predios pertenecientes al mismo, obteniéndose el Monto Unitario Anual por metro cuadrado construido del predio. b.1 Para uso Casa – Habitación: - El costo asignado al segmento de Casa – Habitación, se distribuye entre los predios y/o unidades catastrales, teniendo en consideración la población de la ciudad Chancay, con la producción per cápita de residuos sólidos y el nivel del servicio prestado expresado en frecuencia y modalidad de la prestación. - Para el uso de Casa – Habitación, el tamaño del predio y/o unidad catastral, en metros cuadrados de construcción, se utilizará como criterio preponderante. TABLA 2 MONTO UNITARIO PARA EL CÁLCULO DEL ARBITRIO POR RECOLECCIÓN DOMICILIARIA DE RESIDUOS SÓLIDOS PARA PREDIOS: CASA HABITACIÓN 2011 Categoría Descripción Monto Unitario Mensual por m2 de Con- strucción 5 Frecuencia de cinco días a la semana 0.04 b.2. Para los predios destinados a Industria, Comercio y Servicios y Otros usos: - El uso del predio y/o unidad catastral será el criterio preponderante; como indicador por su actividad de mayor o menor generación de residuos. - El tamaño del predio y/o unidad catastral, en función al metro cuadrado construido se utilizará como criterio diferencial. TABLA 3 MONTO UNITARIO PARA EL CALCULO DEL ARBITRIO MENSUAL POR RECOLECCIÓN DOMICILIARIA DE RESIDUOS SÓLIDOS PARA PREDIOS DISTINTOS A CASA HABITACIÓN 2011. En Nuevos Soles por Metro Cuadrado de construcción. USO DEL PREDIO TASA MENSUAL POR m2 Casa Habitación 0.04 Comercio 0.10 Industria, Almacenes y Depósitos 0.10 Educacional 0.05 Gobierno e Instituciones 0.09 Servicios en General 0.06 Casa Habitación Pensionistas 0.04 Municipalidad, Bomberos; FF. AA. y P.N.P. 0.15 Templo, Convento Monasterio 0.03 Articulo 14°.- Distribución del costo del servicio de parques y áreas verdes y calculo de arbitrios. El costo total del Servicio de Parques y Áreas Verdes se distribuye entre los predios y/o unidades catastrales, aplicando categorías asociadas a la cercanía del predio respecto a las áreas verdes cuya organización y mantenimiento compete a la Municipalidad. La distribución del costo del servicio a cada categoría se realiza ponderando los benefi cios reales y potenciales que ofrecen las áreas verdes a cada segmento o categoría de predios. En aplicación a este criterio, el Arbitrios de Parques y Áreas Verdes, se calcula y determina aplicando la tabla siguiente: TABLA 4 ARBITRIO MENSUAL POR EL SERVICIO DE PARQUES Y ÁREAS VERDES 2011. Ubicación del predio Tasa Mensual Frente a Parque 13.57 Frente a Berma 10.02 Cerca a Área Verde 6.68 Otras Ubicaciones 3.34