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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (31/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 232

TEXTO PAGINA: 218

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010 433310 b) La condonación de las multas tributarias, en la regularización de las obligaciones formales por los conceptos no declarados, bajo los siguientes criterios: HASTA CONDONACION El 31 de Enero del 2011 100% El 14 de Febrero del 2011 99% El 28 de Febrero del 2011 98% El 31 de Marzo del 2011 96% Para acogerse al benefi cio señalado bastará con cancelar al contado el adeudo resultante. Excepcionalmente la Gerencia de Administración Tributaria podrá otorgar fraccionamiento. Artículo 9º.- APRUEBESE la Estructura de Costos que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 10º.- ESTABLECER como derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio del Impuesto Predial y Vehicular 2011, la suma de S/ 4.50 (CUATRO SOLES y 50/100 nuevos soles) por predio declarado. En el caso de que el contribuyente tenga más de un predio deberá cobrarse la suma S/. 0.45 por anexo y/o predio adicional, similar monto se considerará para la emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de las Hojas de Liquidación de los Arbitrios Municipales 2011. Artículo 11º.- ALTERNATIVAS DE PAGO.- Los contribuyentes o responsables del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular, podrán cancelar el impuesto correspondiente al Ejercicio 2011, de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, el Impuesto anual se pagará hasta el 28 de Febrero del 2011. b) En forma fraccionada, hasta cuatro cuotas trimestrales. En este caso la primera cuota equivalente al 25% del impuesto total anual resultante deberá pagarse hasta el 28 de Febrero del 2011. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre 2010; debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por el período comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago. En el caso de omisiones o infracciones y/o incumplimiento en el pago del impuesto, se aplicará lo establecido en el Texto Único Ordenado del Código Tributario – D.S. 135-99-EF y modifi catorias. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaral para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue los plazos y dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente norma. Segunda.- La Gerencia de Administración Tributaria está facultada a dictar, mediante Resolución de Gerencia, los aspectos operativos administrativos para promover la aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza y su anexo en la página web de la institución Municipal (www.munihuaral.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 584190-1 Ratifican Ordenanzas que regulan el régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al año 2011 del distrito de Chancay ACUERDO DE CONCEJO Nº 072-2010-MPH-CM Huaral, 29 de Diciembre de 2010. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud de Ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 010-2010-MDCH y su modifi catoria Ordenanza Municipal Nº 011-2010-MDCH que regula el régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2011, remitida por la Municipalidad Distrital de Chancay mediante Ofi cio Nº 499-2010-MDCH/A, mediante Expediente Nº 23810; y CONSIDERANDO: Que, mediante el Documento de Visto, la Municipalidad Distrital de Chancay, en cumplimiento del Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que establece que las Ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su respectiva vigencia; solicita la Ratifi cación de la Ordenanza indicada en el exordio. Que, mediante Informe Técnico Nº 029-2010- GAT-MPH, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria de esta Corporación Edil, concluye que debido a la omisión de documentos que sustenten la distribución de costos para el cobro de tributos, recomienda requerir a la Municipalidad Distrital de Chancay, la subsanación de las observaciones explicadas en la parte del análisis del Informe Técnico; documento que fuera trasladado a través del Ofi cio Nº 132-2010-MPH-SG de la Gerencia de Secretaria General, en fecha 01 de Diciembre del 2010. Que, por medio del Ofi cio Nº 506-2010-MDCH de fecha 23 de Diciembre, la Municipalidad Distrital de Chancay remite la absolución de las observaciones formuladas en el marco del procedimiento de ratifi cación de la Ordenanza Nº 010-2010-MDCH y su modifi catoria Ordenanza Municipal Nº 011-2010-MDCH, en mérito al cual la Gerencia de Administración Tributaria emite el Informe Técnico Nº 032-2010-GAT/MPH, indicando en su parte conclusiones y recomendaciones que la Municipalidad Distrital de Chancay ha cumplido con levantar las observaciones XXVI y XXXIX; por lo que es de la opinión de ratifi car la Ordenanza Nº 010-2009-MDCH y su modifi catoria Ordenanza Nº 011-2010-MDCH, que regula el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2011, en la jurisdicción del Distrito de Chancay, dejando a salvo que el principio de presunción de veracidad, admite prueba en contrario. Estando a lo expuesto y a las facultades que le confi eren los Artículos 9°, 39° Y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; con el voto unánime de los señores Regidores del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 010-2010-MDCH y su modifi catoria Ordenanza Nº 011- 2010-MDCH, de la Municipalidad Distrital de Chancay, que regula el régimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al Año 2011; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del