Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2010 (31/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 207

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

433299

Que, segun lo establece la MORDAZA MORDAZA del titulo preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los arbitrios son tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico; y, de igual modo la cuarta MORDAZA del mencionado Titulo Preliminar establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, mediante Ordenanza Municipal; Que, el articulo 69° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, dispone que las tasas por servicios publicos o arbitrios, se calculan dentro del ultimo trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicacion, en funcion del costo efectivo del servicio a prestar. De igual modo, se establece que la determinacion de las tasas por servicios publicos o arbitrios, debera sujetarse a criterios de racionalidad que consideren el costo efectivo del servicio, su mantenimiento, asi como el servicio individual prestado de manera real y/o potencial, y que para la distribucion entre los contribuyentes de una municipalidad del costo de las tasas por servicios publicos, se debera utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio publico involucrado, entre otros criterios que resulten validos para la distribucion, los del uso, tamano y ubicacion del predio del contribuyente; Que, el articulo 69-A de la MORDAZA descrita en el parrafo precedente, establece que las Ordenanzas que aprueban el monto de las tasas por arbitrios, aplicando los costos efectivos que demanda el servicio segun el numero de contribuyentes de la localidad beneficiada, asi como los criterios que justifiquen incrementos, de ser el caso, deberan ser publicados a mas tardar el 31 de Diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicacion; Que, asimismo el articulo 69-B del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que en caso las Municipalidades no cumplan con lo dispuesto en el articulo 69-A, en el plazo establecido por dicha MORDAZA, solo podrian determinar el importe de las tasas por servicios publicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios publicos o arbitrios al 1° de enero del ano fiscal anterior reajustando con la aplicacion de la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fiscal; Que mediante Ordenanza Municipal Nº 02-2009MDCLR, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de diciembre del 2009, se establecio el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2010 en el distrito de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, determinandose el monto de las tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para dicho ejercicio, asi como los criterios de distribucion entre los contribuyentes de la jurisdiccion y demas disposiciones que aparecen descritas en dicha norma; Que, mediante Informe Nº604 -2010-GAL-MDCLR, la Gerencia de Asesoria Juridica , es de la opinion que resulta procedente que el Concejo Municipal dicte Ordenanza Municipal aprobando la determinacion y distribucion de costos de los arbitrios municipales para el ejercicio 2011, aplicando el articulo 69-B del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, a fin de considerar los montos determinados para el ejercicio 2010 por dichos tributos, con variacion acumulada del IPC (Indice de Precios al Consumidor) de este ano, asimismo, indicando ademas que la Gerencia de Administracion Tributaria debera proponer el monto de las tasas de los Arbitrios Municipales correspondientes para el ejercicio 2011 considerando la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor; Que, mediante Informe Nº 071-2010-GAT-MDCLR, la Gerencia de Administracion Tributaria presenta a la Gerencia Municipal, el proyecto de Ordenanza Municipal sobre Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2011 en el distrito de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA , en el cual se establece aplicar para dicho ejercicio, el monto de las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Puulica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, determinandos para el ejercicio 2010 mediante la Ordenanza Municipal

Nº 02-2009-MDCLR, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de Diciembre de 2009, actualizados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor correspondiente al ejercicio fiscal 2010; asimismo, mediante Informe Nº 071-2010GAT-MDCLR, la Gerencia de Administracion Tributaria, emite opinion favorable respecto del referido proyecto de Ordenanza Municipal en los terminos descritos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del articulo 9° y el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo lo siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE ESTABLECE PARA EL EJERCICIO 2011, LA VIGENCIA DE LOS MONTOS DE LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL ANO 2010 DISTRITAL DE MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, REAJUSTANDO CON EL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR ­ IPC ACUMULADO DEL EJERCICIO 2010 Articulo 1°.- Establezcase para el ejercicio fiscal 2011, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 02-2009MDCLR, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de diciembre de 2009, que regula las tasas por Arbitrios Municipales de Limpieza Publica y Seguridad Ciudadana del ejercicio fiscal 2010. Articulo 2°.- Para el ejercicio fiscal 2011, se aplicaran los montos de las tasas establecidas por los servicios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana descritos en la Ordenanza Municipal Nº 022009-MDCLR correspondiente al ejercicio fiscal 2010 que apruebe y publique el Instituto Nacional de Estadistica e Informativa (INEI) o institucion que haga sus veces. Articulo 3°.- Precisese que para el ejercicio fiscal 2011 se mantendra la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 02-2009-MDCLR, en cuanto a las definiciones, condicion de contribuyente, hecho imponible, periodicidad, base imponible, sectores, criterios de distribucion, clasificacion de usos de los predios, exoneraciones, inafectaciones y demas criterios, condiciones, beneficios y/o disposiciones contenidos en la referida ordenanza municipal, en cuanto no se oponga a lo establecido mediante la presente norma. Articulo 4°.- A efectos del pago de las obligaciones tributarias de los arbitrios municipales del ejercicio 2011. Se debera tener en cuenta el siguiente cronograma: MES ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO MORDAZA AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE FECHA DE VENCIMIENTO 31/01/11 28/02/11 31/03/11 30/04/11 31/05/11 30/06/11 30/07/11 31/08/11 30/09/11 31/10/11 30/11/11 31/12/11

Si alguna de las fechas programadas como fecha de vencimiento, fuera declarado dia no laborable por el gobierno nacional, se entendera que la fecha de vencimiento de pago sera el primer dia habil siguiente. Articulo 5°.- Los contribuyentes que hasta el 28 de febrero de 2011, realicen la cancelacion total de los arbitrios municipales del ejercicio 2011, tendran un descuento del 10% sobre el monto de la deuda insoluta de dicho ejercicio. Articulo 6°.- Facultese al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza.

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