Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2010 (31/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 217

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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CAPITULO III DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral para que mediante Decreto prorrogue los plazos establecidos y dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La informacion complementaria que comprende la descripcion de los costos de los servicios publicos, el numero de predios afectos y la metodologia para la distribucion de los costos esta contenida en el Informe Tecnico que se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entra en vigencia el 01 de Enero del 2011. Cuarta.- El Informe Tecnico y la Estructura de Costos que forman parte como anexo de la presente Ordenanza, estaran a disposicion de los administrados en la pagina web de esta Corporacion MORDAZA (www.munihuaral.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 583806-1

de los predios ubicados en la jurisdiccion del distrito de Huaral, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2011, emision que sustituye la obligacion contemplada por el inciso a) del articulo 14 del TUO de la Ley de Tributacion Municipal (DECRETO SUPREMO Nº 1562004-EF) y que se entendera como valida en caso que el propietario, responsable o posesionario no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial. Articulo 3º.- ACREDITACION DE PENSIONISTAS 2011.- Los pensionistas que esten gozando de la inafectacion al Impuesto Predial, deberan presentar la MORDAZA boleta que acredita su condicion y una declaracion jurada de cumplir con las condiciones de mantenerse incurso en la inafectacion establecida, en el Articulo 19 del DECRETO SUPREMO Nº 156-2004EF. Articulo 4º.- IMPUESTO MINIMO PREDIAL.Establezcase como Impuesto minimo predial para el ejercicio fiscal 2011, el equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 1 de enero del 2011. Articulo 5º.- DECLARACION JURADA PREDIAL DE EJERCICIOS ANTERIORES.- La presente MORDAZA permite, la actualizacion de la informacion predial, mediante Declaracion Jurada respecto a ejercicios anteriores, otorgando los siguientes beneficios, a las obligaciones que se generen como consecuencia de la actualizacion: a) La condonacion del 100% de los reajustes e intereses moratorios, en los adeudos generados por Impuesto Predial. b) La condonacion de las multas tributarias, en la regularizacion de las obligaciones formales por los conceptos no declarados, bajo los siguientes criterios: HASTA El 31 de Enero del 2011 El 14 de Febrero del 2011 El 28 de Febrero del 2011 El 31 de Marzo del 2011 CONDONACION 100% 99% 98% 96%

Establecen la MORDAZA Predial y Vehicular 2011 y fijan monto a pagar por la emision mecanizada de tributos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2010-MPH Huaral, 29 de Diciembre de 2010. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Tecnico Nº 028-2010 GAT/MPH de la Gerencia de Administracion Tributaria, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico del visto la Gerencia de Administracion Tributaria sustenta la necesidad de establecer la MORDAZA Predial y Vehicular 2011, mediante la modalidad de actualizacion de valores y fija el plazo para el pago del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular 2011, contando con Dictamen favorable Nº 0082010-CAEP de la Comision de Administracion, Economia y Planeamiento del Concejo. Que, con las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en los incisos 8) del Articulo 9º y 5) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972, y con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal, se aprobo la siguiente: ORDENANZA "QUE ESTABLECE LA MORDAZA PREDIAL Y VEHICULAR 2011 Y FIJA EL MONTO A PAGAR POR LA EMISION MECANIZADA DE TRIBUTOS" Articulo 1º.- OBJETO DE LA NORMA.- Establecer formal y oficialmente la MORDAZA Predial y Vehicular para el ejercicio 2011, mediante la modalidad de actualizacion de valores y el plazo para el pago del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular 2011; la misma que entrara en vigencia a partir del 1 de Enero del 2011. Articulo 2º.- ACTUALIZACION DE LOS VALORES DE PREDIOS 2011.- Establezcase el servicio de emision mecanizada de actualizacion de los valores

Para acogerse al beneficio senalado bastara con cancelar al contado el adeudo resultante. Excepcionalmente la Gerencia de Administracion Tributaria podra otorgar fraccionamiento. Articulo 6º.- ACTUALIZACION DE VALORES DE LOS VEHICULOS 2011.- Establezcase el servicio de emision mecanizada de actualizacion de los valores de los vehiculos, cuyos propietarios residan en la jurisdiccion de la Provincia de Huaral, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2011, emision que sustituye la obligacion contemplada por el inciso a) del articulo 34 del TUO de la Ley de Tributacion Municipal (DECRETO SUPREMO Nº 156-2004-EF) y que se entendera como valida en caso que el propietario, no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Vehicular. Articulo 7º.- IMPUESTO MINIMO VEHICULAR.Establezcase como Impuesto minimo Vehicular para el ejercicio fiscal 2011, el equivalente al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del 2011. Articulo 8º.- DECLARACION JURADA VEHICULAR DE EJERCICIOS ANTERIORES.- La presente MORDAZA permite, la actualizacion de la informacion vehicular, mediante Declaracion Jurada respecto a ejercicios anteriores, otorgando los siguientes beneficios, a las obligaciones que se generen como consecuencia de la actualizacion: a) La condonacion del 100% de los reajustes e intereses moratorios, en los adeudos generados por Impuesto al Patrimonio Vehicular.

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