Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2010 (14/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

411121

R.J. Nº 014-2010-JNAC/RENIEC.- Aprueban Formato de Acta Registral Electronica de Matrimonio y Formato de Acta Registral de Matrimonio en Linea 411175 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Sentencia Exp. Nº 00004-2009-PI/TC.Declaran inconstitucional el Art. 1° de la Ordenanza Regional N° 006-2007-CR/ GOB.REG.TACNA mediante la cual se aprobo la comercializacion de ropa y calzado de MORDAZA uso en diversos distritos de la provincia de Tacna 411177

Ordenanza Nº 1342.- Derogan Ordenanza N° 1339 que preciso la aplicacion de normas en el distrito de MORDAZA de MORDAZA 411185 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA R.A. Nº 009-2010.- Modifican R.A. N° 040-2007 mediante la cual se designo a responsable de elaboracion y actualizacion de MORDAZA de Internet 411185 MUNICIPALIDAD DE LURIN Res. Nº 237-2009-GDU/ML.- Aprueban proyecto de habilitacion MORDAZA nueva de lote unico en terreno ubicado en el distrito 411186 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Ordenanza Nº 062-2006/MDSB.Suspenden durante la temporada de MORDAZA la ejecucion de obras de construccion, desmontes, demoliciones y otros, excepto obras de necesidad publica 411188 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA R.A. Nº 447-2009-A-MPC.- Disponen el inicio de procedimiento sancionador a ex Subgerente de Abastecimientos y Servicios Auxiliares 411188

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Ordenanza Nº 031-2009-GR.LAMB./CR.- Aprueban Plan Estrategico Regional Multisectorial 2010 - 2015 para la prevencion y control de las Infecciones de Transmision Sexual, VIH y SIDA 411180

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA Ordenanza Nº 1340.- Modifican Ordenanza N° 857 que MORDAZA procedimientos de autorizacion municipal vinculados al funcionamiento de establecimientos en el Ambito del Cercado de MORDAZA 411181 Ordenanza Nº 1341.- Determinan alcances del articulo Primero de la Ordenanza N° 1337 referente a la colocacion de elementos de publicidad exterior 411185

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29496
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Articulo 2º.- Financiamiento y operacion de las empresas municipales de gas natural 2.1 Las empresas municipales de suministro de gas natural por red de ductos operan con los recursos presupuestales de las respectivas municipalidades distritales y provinciales provenientes del Tesoro Publico asi como con recursos recaudados por concepto de canon y sobrecanon a los hidrocarburos en el ambito de sus respectivas jurisdicciones. Dichas inversiones pueden ser: en las redes de distribucion, en las tuberias de conexion y acometidas domiciliarias, o en las redes internas domiciliarias, dependiendo de las evaluaciones que realice la empresa municipal. 2.2 Las empresas municipales, bajo cualquier modalidad societaria o contractual, deben contar con un operador estrategico, quien se encarga de la operacion del sistema de distribucion de gas natural, y debe ser aprobado por el Ministerio de Energia y Minas. Asimismo, las empresas municipales pueden establecer convenios de asesoria y financiamiento con instituciones nacionales de promocion de la inversion, asi como promover asociaciones publico-privadas, alianzas o joint venture con empresas privadas nacionales o extranjeras para el cumplimiento de sus fines. Articulo 3º.- Normas derogatorias Deroganse todas las normas que se opongan a la presente Ley. Articulo 4º.- Reglamentacion El Reglamento de la presente Ley sera aprobado mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Energia y Minas en un plazo que no excedera de sesenta (60) dias. DISPOSICION COMPLEMENTARIA UNICA.- La presente Ley se aplica en las zonas donde el Estado no MORDAZA otorgado concesion para la distribucion de gas a domicilio.

LEY DE CREACION DE EMPRESAS MUNICIPALES ENCARGADAS DE LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE SUMINISTRO DE GAS NATURAL POR RED DE DUCTOS EN EL AMBITO DE LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES Y PROVINCIALES
Articulo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene el objeto de autorizar la creacion de empresas municipales, con personeria de derecho publico o privado, encargadas de la prestacion del servicio publico de suministro de gas natural por red de ductos en las localidades que puedan ser abastecidas de gas natural, en virtud de lo cual se declara de interes publico la creacion de estas empresas municipales, siendo competencia del Ministerio de Energia y Minas la calificacion de la subsidiariedad aplicable a cada caso.

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