Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2010 (14/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de enero de 2010

Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de enero del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 445769-1

Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- De los recursos provenientes de la venta de los inmuebles a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1009 Los recursos provenientes de la venta de los inmuebles comprendidos en el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 1009 se depositan en la cuenta que determine el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Tesoro Publico. Mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, los recursos indicados en el parrafo precedente se incorporan en el Presupuesto Institucional del pliego cuya sede institucional MORDAZA sido vendida, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, y se destinan exclusivamente a la adquisicion o construccion y el equipamiento basico de las nuevas sedes institucionales, en el MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1009, incluyendo el financiamiento de los servicios que se requieran para obtener la viabilidad del proyecto para la construccion de las mismas, de acuerdo a las normas que regulan el Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo 2º.- Derogatoria Deroganse el literal c) del articulo 2º y los articulos 6º y 7º del Decreto Legislativo Nº 1009. Asimismo, deroganse o suspendanse, segun sea el caso, las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan al presente Decreto de Urgencia. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Deposito de recursos por ventas efectuadas Los recursos que, por la venta de los inmuebles contenidos en el Anexo del Decreto Supremo Nº 029-2008-VIVIENDA, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1009, hubieran sido obtenidos con anterioridad a la vigencia del presente Decreto de Urgencia, formaran parte del deposito a que hace referencia el Articulo 1º del presente Decreto de Urgencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de enero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 445769-2

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 004-2010 DICTAN MEDIDAS RELACIONADAS A LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL MORDAZA DE ORDENAMIENTO DE SEDES INSTITUCIONALES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1009 se establecio que las entidades y organismos publicos del Poder Ejecutivo que tengan en propiedad o en uso bienes inmuebles en calidad de sedes institucionales, inicien un programa de ordenamiento de las mismas, con el objeto de ponerlas en venta mediante subasta publica y a valor comercial; Que, asimismo, la mencionada MORDAZA legal dispone que los recursos que se obtengan de la venta de los indicados bienes inmuebles se destinan a la adquisicion o construccion de las nuevas sedes institucionales, a su equipamiento basico, entre otros; Que, las entidades y organismos publicos deben procurar el uso economico y social de sus bienes y de los que se encuentran bajo su administracion, con la finalidad de brindar mejores servicios publicos a los ciudadanos, debiendo, ademas, mediante una eficiente gestion de su portafolio inmobiliario, incentivar la inversion privada; Que, en el actual contexto resulta necesario y de interes nacional dictar medidas de caracter economico y financiero que tengan por objeto coadyuvar a la adecuada administracion de los recursos provenientes de la venta de los inmuebles de las Entidades y Organismos del Poder Ejecutivo a que se contrae el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 1009, medida que es de caracter urgente por cuanto garantizara el financiamiento de la ejecucion de los proyectos de inversion, en este caso de las nuevas sedes institucionales de las entidades publicas, mejorando los servicios publicos a los ciudadanos; De conformidad con el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru;

MORDAZA DE GOBIERNO
Designan Subjefe de la MORDAZA Militar del Despacho Presidencial
RESOLUCION DEL JEFE DE LA MORDAZA DE GOBIERNO Nº 002-2010-DP/JCGOB MORDAZA, 13 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar a la persona que ocupara el cargo de Subjefe de la MORDAZA Militar del Despacho Presidencial;

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