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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2010 (29/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de enero de 2010 412358 Que, mediante Resolución Suprema N° 091-96-EM, publicada el 27 de noviembre de 1996, se aprobó la regularización de la ampliación de las zonas de concesión defi nitiva a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Medio S.A.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A.A., para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Addéndum al Contrato de Concesión N° 028-94; Que, mediante Resolución Suprema N° 032-2000- EM, publicada el 12 de abril de 2000, se aprobó la regularización de la ampliación de las zonas de concesión defi nitiva a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Medio S.A.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A.A., para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Addéndum N° 02 al Contrato de Concesión N° 028-94; Que, mediante Resolución Suprema N° 022- 2002-EM, publicada el 13 de junio de 2002, se aprobó la regularización de la ampliación de las zonas de concesión defi nitiva donde se encuentra incluida la zona Castrovirreyna-Huaytara a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Medio S.A.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A.A., para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Addéndum N° 03 al Contrato de Concesión N° 028-94; Que, mediante documento presentado el 7 de agosto de 2009 bajo el Registro N° 1912295, el concesionario solicitó la modifi cación de la referida concesión reduciendo su área de concesión, de conformidad con lo previsto en el artículo 30° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe N° 320-2009-DGE-DCE, siendo procedente aprobar el Addéndum N° 4 al Contrato de Concesión N° 028-94, el mismo que deberá ser elevado a Escritura Pública, incorporando en éste el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el artículo 30° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación de la concesión solicitada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Medio S.A.A. - ELECTRO SUR MEDIO S.A.A., y el Addéndum N° 04 al Contrato de Concesión N° 028- 94, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- La modifi cación aprobada en el artículo que antecede, comprende la zona de concesión que a continuación se señala, la cual está delimitada por las coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, que fi guran en los planos obrantes en el expediente: Zona Departamento Provincia Planos N° Escala 1/40 000 Eje Castrovirreyna- Huaytara Ica-Huancavelica Castrovirreyna- Huaytara-Chincha Plano de detalle ESM-CA-003, 1/6 al 6/6 Artículo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en nombre del Estado, el Addéndum N° 04 al contrato de concesión N° 028-94, y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública a que dé origen el Addéndum N° 04 al Contrato de Concesión N° 028-94. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 451970-6 JUSTICIA Conceden gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados de diferentes Establecimientos penitenciarios de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 027-2010-JUS Lima, 28 de enero de 2010 Vistas las solicitudes presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 24° de la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena; De conformidad con el Decreto Supremo N° 004- 2007-JUS norma de creación de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena, la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, Reglamento de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena y los incisos 8) y 21) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a los internos sentenciados de los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE LURIGANCHO 1. MANCILLA GONZALES, FRANK JOSET o MANCILLA GONZALES, FRANZ JOSET, conmutarle de 10 años a 05 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 30 de diciembre de 2010. 2. QUIROZ RAMIREZ, HERNAN FREDY o QUIROZ RAMIREZ, HERNAN FREDDY, conmutarle de 04 años a 02 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de mayo de 2010. 3. ROJAS CORDOVA, NOE CESAR, conmutarle de 07 años a 05 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 28 de septiembre de 2010. 4.CHOQUE OLAZABAL, JONY WILLIAM, conmutarle de 08 años a 03 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 30 de abril de 2011.