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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de enero de 2010 412362 Energía e Hidrocarburos, PRO CONECTIVIDAD mediante Ofi cio N° 6-2010-CPC/PROINVERSIÓN, Acuerdo Comité Pro Conectividad 064-02-2010-Electricidad, ambos de fecha 26 de enero de 2010, Resumen Ejecutivo 008- 2009/JP-ELEC-DAT/PROINVERSIÓN, Informe Legal N° 023-2010-OAJ-MCHV, ambos de fecha 21 de enero de 2010, se acuerda: - Aprobar la Modifi cación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el proyecto “Refuerzo de la Interconexión Centro-Sur Medio-Sur en 500 kV (L.T. Chilca-Marcona-Caravelí-Montalvo), a fi n de modifi car el alcance del proyecto por “L.T. SGT 500 kV Chilca- Marcona-Montalvo”. - Gestionar la publicación del presente acuerdo. Transcribir el presente Acuerdo al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos – PRO CONECTIVIDAD, a la Ofi cina de Asesoría Jurídica y al Jefe de Proyecto en Asuntos Eléctricos e Hidrocarburos, exonerándolo del trámite de lectura y aprobación del acta”. PERCY VELARDE ZAPATER Secretario General PROINVERSIÓN 451586-1 Aprueban Plan de Promoción de la Inversión Privada para la concesión del Terminal Portuario de San Juan de Marcona Acuerdo PROINVERSIÓN N° 327-06-2010 Acuerdo adoptado en el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su Sesión N° 327 de fecha 27 de enero de 2010 “De acuerdo con lo solicitado por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Portuaria - PRO PUERTOS mediante Ofi cio N° 1-2010- CPP/PROINVERSIÓN de fecha 26 de enero de 2010, el Acuerdo Comité Pro Puertos 47-01-2010-San Juan de fecha 25 de enero de 2010, Resumen Ejecutivo PUE- 009-2010 de fecha 22 de enero de 2010, Informe Legal N° 024-2010-OAJ-ASRP de fecha 21 de enero de 2010, se acuerda: 1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución Suprema Nº 036-2009-EF, encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Portuaria - PRO PUERTOS la ejecución del proceso de promoción de la inversión privada del Terminal Portuario de San Juan de Marcona, incorporado al proceso de promoción de la inversión privada mediante Decreto de Urgencia Nº 121-2009. 2. Aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la concesión del Terminal Portuario de San Juan de Marcona, cuya copia como Anexo forma parte de la presente acta. 3. Gestionar la publicación del acuerdo del Consejo Directivo. Transcribir el presente Acuerdo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la Autoridad Portuaria Nacional, al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Portuaria, a la Ofi cina de Asesoría Jurídica y al Jefe de Proyecto encargado del proceso, exonerándolo del trámite de lectura y aprobación del Acta. PERCY VELARDE ZAPATER Secretario General PROINVERSIÓN 451584-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Deja sin efecto designación de Ejecutores Coactivos de las Intendencias Regionales Lima y Piura y designa Ejecutores Coactivos de las Intendencias Regionales Ica y La Libertad RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 027-2010/SUNAT Lima, 27 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 262- 2004/SUNAT de fecha 29 de octubre de 2004, se designó como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Lima, al señor Eduardo Alexis García Villegas; Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 111-2008/SUNAT de fecha 2 de julio de 2008, se designó, entre otros, como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Piura, al señor Carlos Octavio Rojas Chávez; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto dichas designaciones; Que de otro lado, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en las Intendencias Regionales Ica y La Libertad, resulta necesario efectuar la designación de nuevos Ejecutores Coactivos; Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán cumplir los funcionarios de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que los trabajadores propuestos han presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación de los señores abogados como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de las Intendencias que se indican a continuación: - INTENDENCIA REGIONAL LIMA Eduardo Alexis García Villegas - INTENDENCIA REGIONAL PIURA Carlos Octavio Rojas Chávez Artículo 2º.- Designar como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de las Intendencias que se indican a continuación: - INTENDENCIA REGIONAL ICA Miriam del Pilar Aliaga López