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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2010 (29/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de enero de 2010 412361 para que proceda de acuerdo a sus atribuciones en el término de Ley. Regístrese y comuníquese. JORGE E. MEDINA RUBIO Director General Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas 451964-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Autocarh Percy S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular en local ubicado el distrito de Ate, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 3812-2009-MTC/15 Lima, 7 de diciembre de 2009 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 140335, 162457 y 174989 de fechas 01 de octubre de 2009, 05 de noviembre de 2009 y 27 de noviembre de 2009 presentados por la empresa AUTOCARH PERCY S.A.C., mediante los cuales solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe N° 1277-2009-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial se advierte que la documentación presentada mediante los Partes Diarios señalados en Vistos cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa AUTOCARH PERCY S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación del kit de conversión correspondiente; De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias; la Directiva Nº 001- 2005-MTC/15 aprobada por Resolución Directoral Nº 3990- 2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa AUTOCARH PERCY S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión correspondiente, en el local ubicado en Calle 6 Mz “X” Lote 28 y 29 Asociación de Propietarios del Parque Industrial El Asesor, Ate Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa AUTOCARH PERCY S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: . ACTO Fecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 26 de noviembre del 2010 Segunda Inspección anual del taller 26 de noviembre del 2011 Tercera Inspección anual del taller 26 de noviembre del 2012 Cuarta Inspección anual del taller 26 de noviembre del 2012 Quinta Inspección anual del taller 26 de noviembre del 2013 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa AUTOCARH PERCY S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 01 de setiembre del 2010 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 01 de setiembre del 2011 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 01 de setiembre del 2012 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 01 de setiembre del 2013 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 01 de setiembre del 2014 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ROBERTO HIPÓLITO GÓMEZ BACA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 448125-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Modifican Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el proyecto “Refuerzo de la Interconexión Centro - Sur Medio - Sur en 500 kV (L.T. Chilca - Marcona - Caravelí - Montalvo) Acuerdo PROINVERSIÓN N° 327-03-2010 Acuerdo adoptado en el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su Sesión N° 327 de fecha 27 de enero de 2010 “De conformidad con lo solicitado por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones,