Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2010 (13/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de febrero de 2010

13. Si la evaluacion de la solicitud resulta procedente, el funcionario aduanero designado registra el resultado de su evaluacion en el sistema y dirige comunicacion al buzon electronico del interesado mediante notificacion SOL, concluyendose automaticamente el expediente. 14. Si la solicitud resulta improcedente, el funcionario aduanero designado elabora el proyecto de resolucion y lo remite al jefe del area para la notificacion al interesado. B. MORDAZA DE LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ERRORES O INCORPORACION DE DOCUMENTOS DE TRANSPORTE AL MANIFIESTO DE CARGA 1. En las intendencias de aduana donde no se realiza la transmision electronica ni el registro en el MORDAZA web de la SUNAT, o cuando esta no se pueda realizar por tratarse de operadores no regulares, el transportista o su representante en el MORDAZA, o el agente de carga internacional se sujetan al MORDAZA de MORDAZA del expediente de rectificacion de errores o incorporacion de documentos de transporte al manifiesto de carga, previsto en la presente seccion. 2. La solicitud de rectificacion de errores o incorporacion de documentos de transporte al manifiesto de carga suscrita por el operador de comercio exterior debe contener los fundamentos correspondientes, adjuntando MORDAZA del documento de transporte y de los documentos que la sustentan, sin enmiendas, debidamente foliados. 3. En el caso de solicitudes de rectificacion de errores del manifiesto sujetas a evaluacion previa se puede adjuntar la documentacion que se detalla de manera referencial en el siguiente cuadro, sin perjuicio de que la autoridad aduanera pueda requerir otros.
DATOS A RECTIFICAR DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS Si se trata de un error de transcripcion respecto a alguna(s) letra(s): - Documento de identidad, De tratarse de un cambio total en el nombre del consignatario: - Factura comercial o declaracion jurada, cuando no corresponda factura; carta del embarcador y/o del proveedor en origen y/o documento de identidad. Factura, lista de empaque, comunicacion del embarcador o proveedor y/o nota de tarja. Nota de tarja, volante de despacho, ticket de balanza o de movimiento de contenedores del terminal portuario, ticket de peso de deposito autorizado, tarja al detalle, MORDAZA de la declaracion autenticada por la agencia de aduana, acta de reconocimiento previo y/o certificado de peso de corresponder. Factura o declaracion jurada suscrita por el importador o exportador, cuando no cuente con factura y/o contrato de compraventa. Factura comercial o declaracion jurada suscrita por el importador o exportador cuando no cuente con factura, lista de empaque, nota de tarja o tarja al detalle, volante de despacho para el caso de mercancia a granel, guia de remision para el manifiesto de salida y/o acta de reconocimiento previo. Volante de despacho emitido por el deposito temporal, ticket de balanza o de movimiento de contenedores y/o nota de tarja. Carta del embarcador y/o documento de transporte. Volante de despacho y/o nota de tarja. Comunicacion de origen del transportista y/o MORDAZA del documento de transporte. Para la rectificacion de otros datos no descritos se debe adjuntar la documentacion que la sustente.

4. En el caso de solicitudes de incorporacion de documentos de transporte al manifiesto de carga sujetas a evaluacion previa se puede adjuntar la siguiente documentacion, que se detalla de manera referencial, sin perjuicio de que la autoridad aduanera pueda requerir otros: - Comunicacion de origen del embarcador. - Factura comercial. - Nota de tarja. - Otros. Calificacion de las solicitudes 5. Los expedientes de rectificacion de errores o incorporacion de documentos de transporte al manifiesto de carga, son calificados como de aprobacion automatica o de evaluacion previa observando los criterios senalados en los numerales 4, 5 y 6 del literal A de la presente Seccion. Evaluacion y resolucion de las solicitudes 6. El funcionario aduanero designado verifica que la solicitud se encuentre debidamente sustentada, foliada, firmada por el representante legal del operador de comercio exterior y que MORDAZA sido presentada dentro del plazo establecido en la Ley General de Aduanas y en su Reglamento, siendo de aplicacion en lo que corresponda, lo senalado en el literal A de la presente Seccion. VIII. FLUJOGRAMA No aplica IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS 1. Es aplicable lo dispuesto en la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, su Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Supremo Nº 31-2009-EF, la Ley de Delitos Aduaneros aprobada por Ley Nº 28008 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF y otras normas aplicables. X. REGISTROS - Rectificaciones automaticas del manifiesto de ingreso o salida por MORDAZA modificado: Codigo MORDAZA de almacenamiento Tiempo de conservacion Ubicacion Responsable : RC-01-INTA-PG.09.02 : electronico : permanente : SIGAD : Intendencia de Aduana.

Consignatario

Etiquetas o MORDAZA

Diferencia de peso

- Rectificaciones con evaluacion previa del manifiesto de ingreso o salida, datados y no datados: Codigo MORDAZA de almacenamiento Tiempo de conservacion Ubicacion Responsable : RC-02-INTA-PG.09.02 : electronico : permanente : SIGAD : Intendencia de Aduana.

Descripcion

Cantidad de bultos

- Incorporaciones automaticas del manifiesto de ingreso o salida: Codigo MORDAZA de almacenamiento Tiempo de conservacion Ubicacion Responsable : RC-03-INTA-PG.09.02 : electronico : permanente : SIGAD : Intendencia de Aduana.

Numero de contenedor

Puerto Precinto Numero de documento de transporte Otros

- Incorporaciones con evaluacion previa del manifiesto de ingreso o salida: Codigo MORDAZA de almacenamiento Tiempo de conservacion Ubicacion Responsable : RC-04-INTA-PG.09.02 : electronico : permanente : SIGAD : Intendencia de Aduana.

- Rectificaciones o incorporaciones con multa:

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