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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de julio de 2010 422098 económicos o de índole legal, siéndoles imposible lograr así el saneamiento de sus propiedades ante Registros Públicos, por lo que se deberán buscar alternativas que satisfagan el interés general en favor de la comunidad, teniendo en cuenta los principios de efi cacia, informalismo, y simplicidad que rigen el ordenamiento jurídico administrativo. Que, siendo interés de la gestión municipal el logro del desarrollo y capacidad económica de la comunidad, es necesario incorporar en el sistema tributario municipal a todos aquellos contribuyentes que en condición de omisos, se encuentren con deudas impagas a la fecha, así como otorgar la posibilidad a los vecinos del Distrito puedan sanear sus construcciones no declaradas y a la vez dotarles de algún benefi cio de regularización conforme a Ley que les ofrezca la posibilidad de sanear su propiedad, y así contribuir y trabajar juntos por el desarrollo y progreso económico del Distrito. Que, conforme se establece en el artículo 10º, inciso 2) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones y obligaciones de los Regidores formular pedidos y Mociones de Orden del Día. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Teniente Alcalde Regidor Johnny Walker Vásquez Arana, presenta la Moción de Orden del Día, ante el Concejo Municipal, solicitando Declarar de Interés y Necesidad Pública para el Distrito de Ate, la incorporación en el sistema tributario municipal de los vecinos que a la fecha se encuentren en condición de omisos, así como el saneamiento de las construcciones no declaradas, otorgándoles a su vez benefi cios para la regularización que les ofrezca la posibilidad de contribuir, sanear su propiedad y trabajar de manera conjunta por el desarrollo y progreso del Distrito. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y contando con el voto por mayoría de los señores Regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- DECLARAR de Interés y Necesidad Pública para el Distrito de Ate, la incorporación en el sistema tributario municipal de los vecinos que a la fecha se encuentren en condición de omisos, así como el saneamiento de las construcciones no declaradas, otorgándoles a su vez benefi cios para la regularización que les ofrezca la posibilidad de contribuir, sanear su propiedad y trabajar de manera conjunta por el desarrollo y progreso del Distrito. Artículo 2º.- DISPONER a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas jerárquicamente dependientes a ésta, la elaboración de los proyectos normativos que den cumplimiento a la voluntad expresada en el presente Acuerdo por el máximo órgano de gobierno. Artículo 3º.- DISPÓNGASE la Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas de la Corporación Municipal, involucradas en la ejecución del presente Acuerdo, así como su correcta publicación y difusión a Secretaría General y Secretaría de Imagen Institucional, respectivamente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 517416-4 Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDIA N° 009 Ate, 2 de julio de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO el Memorándum N° 290-2010/MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el día 28 de Julio del presente año, se conmemora el Centésimo Octogésimo Noveno Aniversario de la Independencia Nacional, asimismo, el 04 de Agosto del presente año, se celebra el Centésimo Octogésimo Noveno Aniversario de la Creación Política del Histórico Distrito de Ate. Que, siendo estas fechas de trascendencia Nacional y Local respectivamente, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el Civismo, Respeto y Amor a la Patria. Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los Símbolos de la Patria. Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del Distrito de Ate, lo cual redundará además en el mejoramiento del ornato local. Que, mediante Memorándum N° 290-2010/MDA/GM el Gerente Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º y Artículo 42° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE ATE, tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 15 de Julio hasta el 15 de Agosto del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el Centésimo Octogésimo Noveno Aniversario de la Independencia del Perú, así como también, el Centésimo Octogésimo Noveno Aniversario de la Creación Política del Distrito de Ate. Artículo 2º.- ESTABLECER que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Servicios Públicos, Secretaría de Imagen Institucional, Gerencia de Seguridad y Fiscalización, Sub Gerencia de Fiscalización Municipal y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 517416-5 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Planeamiento Integral de área de terreno ocupada por asociación Provivienda ODENANZA MUNICIPAL Nº 209 Chaclacayo, 22 de marzo del 2010 VISTO: El Sesión Ordinaria de Concejo el pedido del Regidor Sergio Baigorria Seas y el Informe Nº 019-2010- GDU/MDCH de la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, modifi cado por la Ley Nº 28607, establece que Las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los