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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de julio de 2010 422095 Funcionamiento, siendo Inadmisible el trámite de acuerdo a su Naturaleza, hasta tanto cumpla con la subsanación de las observaciones, las cuales deberán ser motivadas en el acto administrativo correspondiente emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización Municipal. Artículo Tercero.- INCORPÓRESE, el Numeral 25.7 al Artículo 25º, de la Ordenanza Nº 170/MDA, que aprobó el Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la función fi scalizadora (REMASA) conforme al siguiente Texto: 25.7 REVOCATORIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: Si el infractor y/o el Local sobre el cual recae la conducta infractora contara con Licencia de Funcionamiento Municipal, al momento de comisión y/o imputación de la Infracción Tipifi cada como causal de Revocatoria de Licencia de Funcionamiento, se procederá a Notifi car en la Resolución de Sanción respectiva y como medida complementaria se dispondrá además la Clausura Defi nitiva/Revocatoria, siendo esta última formalizada conforme al procedimiento señalado en la Norma, cuya Facultad se establezca. Artículo Cuarto.- INCORPÓRESE al Cuadro de Infracciones y Escala de Multas (CIEM) aprobado por Ordenanza Nº 170/MDA, las siguientes Infracciones y Sanciones como parte del Rubro de Locales con tratamiento Especial, y otras Infracciones, referidas a la Línea de Acción de Comercialización, en el código correlativo correspondiente: LOCALES CON TRATAMIENTO ESPECIAL: GRIFOS, DISCOTECAS, VIDEO PUB, BOITES, DISCO BAR, GRILLS, CLUB NOCTURNOS Y SIMILARES, PROSTIBULOS. HOSPITALES, CLINICAS, CENTROS MEDICOS, CONSULTORIOS MEDICOS EN GENERAL DESCRIPCION Observa- ciones Comercio y/o servicios de 20 m2 a 50m2 Comercio y/o servicio de 50 m2a 100 m2 Comercio y/o Servicios de 100 m2 a 500 m2 Más de 500 M2 MEDIDA COMPLEMENTARIA 01-1023 1. Cuando se desarrolle un giro distinto al autorizado que afecte y tenga incidencia signifi cativamente sobre el interés público cautelado (seguridad ciudadana, orden público, salud, tranquilidad vecinal, medio ambiente, recursos naturales, patrimonio cultural, defensa nacional). 1. MULTA 50 100 200 300 Clausura Defi nitiva/ Revocatoria 01-1024 Por realizar actividades legalmente prohibidas de acuerdo a la Legislación Penal vigente, o que constituyan peligro o riesgo para la vida y seguridad de las personas MULTA 50 100 200 300 Clausura Defi nitiva/ Revocatoria 01-1025 Por efectuar variaciones en el sistema constructivo o instalaciones del local sobrevinientes al otorgamiento de la Licencia de funcionamiento, que pongan en riesgo la seguridad de las personas. MULTA 50 100 200 300 Clausura Defi nitiva/ Revocatoria 01-1026 Por ampliación de horario consignado en la Licencia de funcionamiento sin contar con la aprobación municipal respectiva. MULTA 25 50 100 150 ------ 01-1027 Cuando se constate el expendio no autorizado de bebidas alcohólicas, tabaco, así como la exhibición, alquiler o venta de revistas o videos de contenido pornográfi co, el ejercicio de trabajos no autorizados, así como el incumplimiento a las normas que prohíben el ingreso de niños y adolescentes a locales o establecimientos prohibidos para menores de edad . MULTA 50 100 200 300 Clausura Defi nitiva/ Revocatoria OTRAS INFRACCIONES ACTIVIDAD - % UIT CODIGO DESCRIPCION Observaciones Comercio y/o servicios de 20 m2 a 50m2 Comercio y/o servicio de 50 m2a 100 m2 Comercio y/o Servicios de 100 m2 a 500 m2 Más de 500 M2 MEDIDA COMPLEMENTARIA 01-1076 Por realizar un giro distinto al Autorizado en la Licencia que afecte y tenga incidencia signifi cativamente sobre el interés público (seguridad ciudadana, orden público, salud, tranquilidad vecinal, medio ambiente, recursos naturales, patrimonio cultural y defensa nacional). (Locales no comprendidos dentro de la categoría de tratamiento Especial.) MULTA 50 70 100 200 Clausura Defi nitiva/ Revocatoria 01-1077 Por realizar actividades legalmente prohibidas de acuerdo a la Legislación Penal vigente, o que constituyan peligro o riesgo para la seguridad de las personas. (Locales no comprendidos dentro de la categoría de tratamiento Especial.) MULTA 50 70 100 200 Clausura Defi nitiva/ Revocatoria 01-1078 Por efectuar variaciones en el sistema constructivo del local sobrevinientes al otorgamiento de la Licencia de funcionamiento, que pongan en riesgo la seguridad de las personas. (Locales no comprendidos dentro de la categoría de tratamiento Especial.) MULTA 50 70 100 200 Clausura Defi nitiva/ Revocatoria 01-1079 Cuando se constate el expendio no autorizado de bebidas alcohólicas, tabaco, así como la exhibición, alquiler o venta de revistas o videos de contenido pornográfico, el ejercicio de trabajos no autorizados, así como el incumplimiento a las normas que prohíben el ingreso de niños y adolescentes a locales o establecimientos prohibidos para menores de edad. (Locales no comprendidos dentro de la categoría de tratamiento Especial.) MULTA 50 100 200 300 Clausura Defi nitiva/ Revocatoria