Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2010 (15/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Cuadro de coordenadas UTM VERTICES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 ESTE 524899 525855 525301 524187 523632 523915 522748 523915 525338 528694 529642 529236 528611 525804 524466 521529 519447 522199 523872

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2010

NORTE 8743070 8742688 8740592 8741821 8740861 8739462 8735927 8734397 8733158 8735854 8734251 8730003 8729665 8729673 8727993 8729792 8733718 8738658 8742739

Articulo 3º.- El otorgamiento de la concesion se complementa con la suscripcion del contrato correspondiente; en consecuencia para que la concesion se haga efectiva el interesado debera suscribir el referido contrato con el Ministerio de Agricultura. Articulo 4º.- Precisar que la publicacion de la presente Resolucion es de cargo del solicitante, segun lo previsto en el articulo 18º de la Resolucion Jefatural Nº 075-2007-INRENA, que aprueba las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de concesiones con fines de conservacion. Articulo 5º.- Notificar la presente Resolucion a la Universidad Nacional del Centro del Peru. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion y encargar a la Direccion de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA realizar las verificaciones que correspondan, en aplicacion de lo establecido en la normativa forestal y de fauna MORDAZA, para lo cual se le remitira el expediente. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion y encargar a la Direccion de Informacion y Control Forestal y de Fauna MORDAZA la elaboracion de la memoria descriptiva y del mapa de ubicacion del area solicitada, a fin de suscribir el contrato correspondiente. Articulo 8º.- Transcribir la presente Resolucion a la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA MORDAZA Central y al Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA ­ OSINFOR , para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Forestal y de Fauna MORDAZA 519030-1

AMBIENTE
Crean el Programa Nacional de Conservacion de Bosques para la Mitigacion del Cambio Climatico
DECRETO SUPREMO Nº 008-2010-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, los articulos 67º y 68º de la Constitucion Politica del Peru, establecen que el Estado determina la Politica

Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos, ademas de la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, en este contexto, la Decimo Novena Politica de Estado del Acuerdo Nacional, suscrita el 22 de MORDAZA de 2002, establece la integracion de la politica nacional ambiental con las politicas economicas, sociales, culturales y de ordenamiento territorial, para contribuir a superar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible del Peru, asi como a institucionalizar la gestion ambiental, publica y privada, para proteger la diversidad biologica, facilitar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, asegurar la proteccion ambiental y promover centros poblados y ciudades sostenibles; lo cual ayudara a mejorar la calidad de MORDAZA, especialmente de la poblacion mas vulnerable del pais; Que, la Politica Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, es de cumplimiento obligatorio en todos los niveles del gobierno nacional, regional y local y de caracter orientador para el sector privado y la sociedad civil. Se estructura sobre la base de cuatro ejes tematicos esenciales de la gestion ambiental, respecto de los cuales se establecen lineamientos de politica orientados a alcanzar el desarrollo sostenible del pais; siendo el Ministerio del Ambiente el encargado de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la Politica Nacional del Ambiente, asi como de aprobar los planes, programas y normatividad que se requiera para el cumplimiento de la misma; Que, la Politica Nacional del Ambiente en el Eje 1 de la "Conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biologica" y en el Eje 3 "Gobernanza ambiental", tienen como lineamientos: i) impulsar la gestion integrada y sostenible de bosques; ii) proteger los bosques primarios amazonicos y reducir gradualmente la MORDAZA, roza y quema para fines agropecuarios, desarrollando alternativas productivas de uso del bosque en pie, como el ecoturismo, manejo de bosques y otras actividades; iii) prevenir la reduccion y degradacion de bosques y sus recursos; iv) conservar e incrementar la cobertura boscosa y por ende, la biodiversidad y los servicios ambientales, mejorando la capacidad productiva del ecosistema; v) fortalecer e impulsar mecanismos de vigilancia comunitaria y ciudadana en las estrategias de seguimiento y control de los derechos forestales; vi) fomentar la participacion activa y pluricultural de la poblacion en la gestion ambiental, y en particular, la intervencion directa de grupos minoritarios o vulnerables, sin discriminacion alguna; y vii) incentivar la participacion de las mujeres y los jovenes en los diversos procesos para que ejerzan una efectiva ciudadania ambiental; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, modificado por el Decreto Legislativo N° 1039, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, esta entidad tiene como uno de sus objetivos especificos asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservacion y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biologica y las areas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonia; Que, de conformidad con el Articulo 11 del Decreto Legislativo N° 1013, son funciones del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de Recursos Naturales, entre otras, elaborar y coordinar la estrategia nacional de la diversidad biologica del Peru y su desarrollo estrategico, asi como supervisar su implementacion; elaborar y coordinar la estrategia nacional frente al cambio climatico y las medidas de adaptacion y mitigacion, asi como supervisar su implementacion; y elaborar el inventario y establecer mecanismos para valorizar, retribuir y mantener la provision de los servicios ambientales, asi como promover su financiamiento y la supervision de los mismos; Que, la "Estrategia Nacional sobre Cambio Climatico", aprobada por Decreto Supremo N° 086-2003-PCM, tiene como objetivo reducir los impactos adversos al cambio climatico, a traves de estudios integrados de vulnerabilidad y adaptacion, que identificaran zonas y/o sectores vulnerables en el MORDAZA, donde se implementaran proyectos de adaptacion; y controlar las emisiones de contaminantes locales y gases de efecto invernadero (GEI), a traves de programas de energias renovables y de eficiencia energetica en los diversos sectores productivos; Que, la "Estrategia Nacional de la Diversidad Biologica", aprobada por Decreto Supremo N° 102-2001-

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