Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2010 (15/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Facilitacion y Promocion de Inversiones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, a las ciudades de Acre (Rio Branco), Rondonia (Porto Velho) y MORDAZA Groso (Cuiba), Republica Federativa del Brasil, del 18 al 23 de MORDAZA de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolucion se efectuaran con cargo al presupuesto de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ Viaticos : US$ TUUA : US$ 1 099,60 1 400,00 31,00

aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 105, a fin de sustituir los Anexos A y B del referido Contrato, los cuales han sido redisenados en coordenadas UTM y Datum WGS-84, de conformidad con la informacion proporcionada por el Instituto Geografico Nacional, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- De la Aprobacion de la Modificacion del Contrato Aprobar la modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 105, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2005-EM, a fin de sustituir los Anexos A y B, de conformidad con la informacion proporcionada por el Instituto Geografico Nacional. Articulo 2º.- De la Autorizacion para suscribir la Modificacion Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con SIBOIL DEL PERU S.A., la modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 105, que se aprueba en el Articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 519445-1

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido consultor debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del consultor cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 519445-8

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 105
DECRETO SUPREMO Nº 042-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, a traves del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2005-EM, publicado con fecha 2 de diciembre de 2005, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 105, ubicado entre las provincias de MORDAZA, Huancane, San MORDAZA de Putina, Azangaro, MORDAZA y San MORDAZA del departamento de MORDAZA, suscrito entre PERUPETRO S.A. y SIBOIL DEL PERU S.A.; Que, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11º de la referida Ley; Que, con fecha 25 de febrero de 2010, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 020-2010,

JUSTICIA
Acceden a pedidos de extradicion activa de ciudadanos peruanos y disponen su MORDAZA al Reino de Espana y a la Republica Italiana
RESOLUCION SUPREMA Nº 137-2010-JUS MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 071-2010/ COE-TC del 13 de MORDAZA de 2010, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana, del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA SERVAN MORDAZA, formulada por la Sala Mixta y Liquidadora en lo Penal de la Provincia de Moyobamba de la Corte Superior de Justicia de San Martin; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 07 de MORDAZA de 2010, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA SERVAN MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la MORDAZA - Violacion de la MORDAZA Sexual -

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