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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2010 (15/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de julio de 2010 422218 Artículo 11º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Ambiente y la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de julio del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTONIO JOSE BRACK EGG Ministro del Ambiente MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 519445-2 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar FAP que realizará visita de intercambio a la Escuela Superior Militar de Aviación de la Fuerza Aérea de Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 312-2010-DE/FAP Lima, 14 de julio de 2010 Visto, la Papeleta de Trámite NC-50-EMED-Nº 0575 de fecha 21 de abril de 2010, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-50-SGFA-Nº 2146 de fecha 21 de abril de 2010, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú a través del Ministerio de Defensa establece relaciones internacionales con Fuerzas Aéreas Extranjeras, tal es el caso del Acuerdo Bilateral con la Fuerza Aérea de Ecuador, en la que se acordó el desarrollo de visitas de intercambio de un Ofi cial y dos Cadetes entre la Escuela de Ofi ciales de la Fuerza Aérea del Perú (EOFAP) y la Escuela Superior Militar de Aviación de la Fuerza Aérea de Ecuador “Cosme Rennella Barbatto”, con sede en la ciudad de Salinas, con la fi nalidad de intercambiar experiencias y conocimientos sobre el proceso de formación de los Ofi ciales; así como, fortalecer los vínculos aeronáuticos entre ambas Escuelas; Que, la Escuela de Ofi ciales de la Fuerza Aérea del Perú ha propuesto al Capitán FAP LUIS ALBERTO ARRASCUE AVELLANEDA; asimismo, ha seleccionado a los Cadetes de Cuarto Año FAP JUAN DE DIOS LA TORRE VELASQUEZ y ROMINA JESHUA FEIJOO OJEDA, en virtud a su efi ciente desempeño académico, militar y su identidad como Cadete FAP; para que realicen dicha visita de intercambio del 16 al 20 de agosto de 2010; Que, la citada comisión se encuentra incluida en el rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, ítem 129, anexo 01 (RO) del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del Año 2010, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 130-2010-DE/SG del 1 de abril de 2010; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Ecuador, del 16 al 20 de agosto de 2010, al Personal Militar FAP que realizará una visita de intercambio a la Escuela Superior Militar de Aviación de la Fuerza Aérea de Ecuador “Cosme Rennella Barbatto”, con sede en la ciudad de Salinas: Capitán FAP LUIS ALBERTO ARRASCUE AVELLANEDA Cadete de Cuarto Año FAP JUAN DE DIOS LA TORRE VELASQUEZ Cadete de Cuarto Año FAP ROMINA JESHUA FEIJOO OJEDA Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Salinas (ECUADOR) - Lima US$ 600 x 3 Personas Viáticos: US$ 200 x 5 Días x 3 Personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31 x 3 Personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 519445-9 Amplían permanencia de Cadete del Ejército Peruano en Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 313-2010-DE Lima, 14 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Suprema Nº 110-2009-DE/ EP/A.1.a/1-1 del 7 de abril de 2009, se autorizó el viaje al exterior en misión de estudios del Cadete II Año EP Jaime Orlando REYES BOLO, para realizar estudios de Formación de Ofi ciales en el Colegio Militar de la República Argentina, en el período comprendido del 13 de abril del 2009 al 31 de diciembre del 2012; Que, el Ejército de Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2010, autorizar la continuación de estudios del ahora Cadete III Año EP Jaime Orlando REYES BOLO, en el Colegio Militar de la República Argentina, por ser de interés institucional, y responde a la necesidad de formar Ofi ciales en instituciones militares extranjeras, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confi anza con instituciones armadas de otros países; Que, la precitada permanencia en Misión de Estudios se encuentra considerado en el plan anual de viajes del Sector Defensa AF-2010, Rubro 1.- Formación /