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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de julio de 2010 422479 Nº Nº de Registro Nacional Otros códigos Tipo de bien Cultura / Estilo Material 27 0000025095 ML 101028 Vaso Chimú Metal 28 0000057939 ML 101479 Sonajero Moche Metal 29 0000110041 ML 101653 Orejera Chimú Metal 30 0000110042 ML 101654 Orejera Chimú Metal 31 0000012535 82.0.1892 Tupu No determinado Metal y vidrio 32 0000012537 82.0.1797 Tupu No determinado Metal y vidrio 33 0000012538 82.0.1793 Tupu No determinado Metal y vidrio 34 0000012901 FA.1.90.2 Depósito eucarístico Barroco Metal y orgánico 35 0000013097 MPO/91 Frontal decorativo Barroco Metal 36 0000013099 FA.2.97 Custodia Barroco Metal 37 0000013103 82.0.2167 Sahumador Barroco Metal y vidrio 38 0000013108 82.0.2330 Puerta de tabernáculo Barroco Metal y vidrio 39 0000013303 82.0.2128 Sahumador Neoclásico Metal 40 0000013304 82.0.2097 Sahumador No determinado Metal y vidrio 41 0000013306 82.0.1179 Sahumador No determinado Metal 42 0000013428 82.0.2131 Mate No determinado Metal y orgánico 43 0000013480 82.0.1364 Mate No determinado Metal y orgánico 521310-6 Disponen la implementación y ejecución a nivel nacional de la Evaluación Censal de Estudiantes 2010 (ECE 2010) a estudiantes en comprensión lectora y matemática, y en comprensión lectora en quechua, aimara, shipibo, awajún y en castellano como segunda lengua RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0220-2010-ED Lima, 16 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007- ED declara de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo, el mismo que incluye la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular; de los docentes capacitados y por capacitarse; y de las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2008-ED establece que el Ministerio de Educación a partir del presente ejercicio fi scal mediante resolución de su Titular, cuando corresponda, dispondrá la implementación y ejecución de las evaluaciones del sistema educativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007-ED; Que, mediante el Memorando Nº 420-2010/ME-SPE, el Secretario de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación solicita que se disponga la implementación y ejecución de la Evaluación Censal de Estudiantes 2010, proceso que contará con la participación de los Viceministerios de Gestión Pedagógica y de Gestión Institucional, lo cual garantizará la ejecución efi ciente de las mencionadas evaluaciones; Que, la Evaluación Censal a que se refi ere el considerando precedente incluye la evaluación del aprendizaje de los estudiantes del segundo grado de primaria de Educación Básica Regular; así como de los estudiantes de cuarto grado de primaria que asisten a las Instituciones Educativas que están implementando el Programa de Educación Intercultural Bilingüe; Que, el Órgano de Control Institucional de este Ministerio, señala en el apartado IV Recomendaciones, señorita Mery Fashe Raymundo, con D.N.I. Nº 09660943, quien cumplirá la labor de verifi cación del estado de conservación; visará las fi chas de registro de cada una de las piezas; supervisará el embalaje y desembalaje, tanto a la ida como al retorno; conocerá del montaje, desmontaje y elaborará un informe detallado y documentado de su participación. Dicho informe será alcanzado a la Dirección Nacional del INC en un plazo no mayor de 15 días luego de concluida su participación tanto a la ida, como al retorno de los bienes cuya salida temporal autoriza esta Resolución Suprema. Los gastos del comisario designado por conceptos de transporte, alojamiento, viáticos, seguro de viaje, impuestos de aeropuerto, y movilidad local tanto en el Perú como en el extranjero, serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 4º.- Todos los gastos que ocasione la realización de la mencionada exposición, incluyendo los gastos de embalaje, fl etes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación RELACIÓN DE BIENES CULTURALES PARA LA EXPOSICIÓN TEMPORAL “ORO Y PLATA, ESPLENDOR DE AMÉRICA”. DEL 02 DE SETIEMBRE AL 28 DE NOVIEMBRE DE 2010. Nº Nº de Registro Nacional Otros códigos Tipo de bien Cultura / Estilo Material 1 0000000176 ML 100166 Collar Lambayeque Metal 2 0000000541 ML 100825 Corona Vicús Metal 3 0000000688 ML 100189 Orejera Moche Metal y lítico 4 0000000689 ML 100190 Orejera Moche Metal y lítico 5 0000001704 ML 100824 Máscara Wari Metal 6 0000003339 ML 100238 Alfi ler Nasca Metal 7 0000022030 ML 100022 Nariguera Vicús Metal 8 0000022081 ML 100074 Adorno Moche Metal 9 0000022102 ML 100100 Orejera Moche Metal 10 0000022103 ML 100101 Orejera Moche Metal 11 0000022174 ML 100185 Collar Moche Metal y lítico 12 0000022175 ML 100186 Estólica Moche Orgánico, metal, y lítico 13 0000022448 ML 100476 Nariguera Vicús Metal 14 0000022625 ML 100661 Pectoral Chimú Metal 15 0000022712 ML 100749 Adorno Chimú Metal 16 0000022715 ML 100752 Nariguera Moche Metal 17 0000022718 ML 100755 Copa Chimú Metal 18 0000022925 ML 100854 Nariguera Moche Metal y lítico 19 0000024983 ML 100914 Adorno Moche Metal 20 0000025002 ML 100933 Corona Chimú Metal 21 0000025019 ML 100950 Pectoral Chimú Metal 22 0000025033 ML 100964 Adorno Chimú Metal 23 0000025057 ML 100990 Orejera Chimú Metal 24 0000025058 ML 100991 Orejera Chimú Metal 25 0000025088 ML 101021 Vaso Chimú Metal 26 0000025094 ML 101027 Vaso Chimú Metal