Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2010 (20/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2010

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 183-2010-OS/CD Fe de Erratas de la Resolucion de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 183-2010-OS/CD, publicada en la edicion del 17 de MORDAZA de 2010. DICE: Articulo 5º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la pagina web de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe). DEBE DECIR: Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia a los 10 dias calendario contados desde la fecha de su publicacion. Articulo 6º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la pagina web de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe). En el Anexo I DICE:
REPORTE DE EXISTENCIA EN DEPOSITO TEMPORAL (CASO DE PRODUCTO IMPORTADO) IMPORTADORES DE GLP Fecha: ____________

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Declaran no ha lugar la imposicion de sancion administrativa a empresas integrantes del Consorcio Baraj por supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa o inexacta en licitacion publica
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 333-2010-TC-S4 Sumilla: No habiendose demostrado que la carta fianza contuviera informacion no acorde con la realidad, el Postor no es pasible de sancion por la causal invocada. MORDAZA, 12 de febrero de 2010 Visto, en sesion de fecha 12 de febrero de 2010 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 1438/2009.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.A. (CHACONGE S.A.), CONSTRUCTORA VIALPA S.A., SERVICIOS PROFESIONALES MULTIPLES S.A.C. (SEPROMU S.A.C.), ENVER TECH S.A.C. y COVANOR S.R.L., por haber presentado documentacion falsa o inexacta en el MORDAZA de seleccion LICITACION PUBLICA Nº 0012009-INADE/PELT; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 04 de marzo de 2009, el PROYECTO ESPECIAL BINACIONAL LAGO TITICACA (PELT), en adelante la Entidad, convoco la LICITACION PUBLICA Nº 001-2009INADE/PELT, para la elaboracion del Estudio a Nivel de Definitivo, la Ejecucion de la Obra y la elaboracion del Manual de Operacion y Mantenimiento de la Obra: "Sistema de Riego y Drenaje MORDAZA Manazo - Modulos MORDAZA VI Etapa y Vilque-Manazo VII Etapa", por un valor referencial total ascendente a S/. 49'229,912.63 (Cuarenta y nueve Millones Doscientos Veintinueve Mil Novecientos Doce con 63/100 Nuevos Soles). 2. El 14 de MORDAZA de 2009, se llevo a cabo el acto publico de otorgamiento de la buena pro, resultando favorecido el CONSORCIO BARAJ conformado por las empresas SERVICIOS PROFESIONALES MULTIPLES S.A.C. (SEPROMU S.A.C.), MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.A. (CHACONGE S.A.), AGUA Y AGRO ASESORES ASOCIADOS S.A.C. (AGUA Y AGRO S.A.C.), COVANOR S.R.L., ENVER TECH S.A.C. y CONSTRUCTORA VIALPA S.A., en adelante el Postor. 3. Mediante escrito presentado el 07 de MORDAZA de 2009, la Entidad denuncio ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la supuesta infraccion cometida por el Postor, consistente en haber incluido en su propuesta economica la Carta Fianza Nº 026-2009/ COOPEX/SERIEDAD DE OFERTA de fecha 08 de MORDAZA de 2009, documento supuestamente falso y/o inexacto presentado durante su participacion en la LICITACION PUBLICA Nº 001-2009-INADE/PELT, por cuanto dicho documento no cumplia los requisitos establecidos en la MORDAZA, toda vez que el Reglamento exige que las cartas fianza que se otorgan como garantia para seriedad de oferta deben ser efectuadas por empresas bajo el ambito de la Superintendencia de Banca, Seguros y

RAZON SOCIAL

CODIGO OSINERGMIN

REGISTRO UBICACION CAPACIDAD EXISTENCIA DE DEL INSTALADA DIARIA HIDRODEPOSITO (M3) (Toneladas) CARBUROS TEMPORAL Nº

Nota: La toma de datos a ingresar debe corresponder a la primera medicion que realizan en el dia.

DEBE DECIR:
REPORTE DE EXISTENCIA EN DEPOSITO TEMPORAL (CASO DE PRODUCTO IMPORTADO) IMPORTADORES DE GLP Fecha: ____________

RAZON SOCIAL

CODIGO REGISTRO OSINERGMIN DE HIDROCARBUROS Nº

UBICACION CAPACIDAD EXISTENCIA DEL CONTRATADA DIARIA DEPOSITO (M3) (Toneladas) TEMPORAL

Nota: La toma de datos a ingresar debe corresponder a la primera medicion que realizan en el dia.

521293-1

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