Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2010 (08/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 8 de junio de 2010

senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Nacional de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion; Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que corresponde dictar el acto de administracion por el cual se acepte dicha renuncia y se designe a la persona que desempenara el cargo de Director General de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el senor Contralmirante (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director General de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor Vicealmirante (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 503908-2 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 008-2010-PRODUCE Mediante Oficio Nº 358-2010-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 008-2010-PRODUCE, publicado en la edicion del 27 de MORDAZA de 2010. DICE: Articulo 5º.- Adicion de numerales al articulo 134º del Reglamento de la Ley General de Pesca Adicionense los numerales 113, 114, 115 y 116 al articulo 134º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en los siguientes terminos: "Articulo 134º.- Infracciones Constituyen infracciones administrativas, en las actividades pesqueras y acuicolas, las siguientes: (...) 115. Recepcion o procesamiento de descartes y/o residuos que no MORDAZA tales, y/o no procedan de plantas de consumo humano directo que no cuentan con planta de harina de pescado residual y/o de los desembarcaderos pesqueros artesanales. (...)" DEBE DECIR: Articulo 5º.- Adicion de numerales al articulo 134º del Reglamento de la Ley General de Pesca Adicionense los numerales 113, 114, 115 y 116 al articulo 134º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en los siguientes terminos: "Articulo 134º.- Infracciones Constituyen infracciones administrativas, en las actividades pesqueras y acuicolas, las siguientes:

(...) 115. Recepcion o procesamiento de descartes y/o residuos que no MORDAZA tales, y/o no procedan de establecimientos industriales pesqueros para consumo humano directo que no cuentan con planta de harina de pescado residual y/o de los desembarcaderos pesqueros artesanales. (...)" 504152-1

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas las funciones de Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios del Peru en el Reino de Suecia, la Republica Argelina Democratica y Popular, Nueva Zelanda y Australia
RESOLUCION SUPREMA N° 227-2010-RE MORDAZA, 7 de junio de 2010 VISTAS: La Resolucion Suprema Nº 063-2008-RE, que nombro al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chauny de Porturas Hoyle, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Suecia; y, La Resolucion Ministerial Nº 0334-2008-RE, que fijo el 01 de MORDAZA de 2008, como la fecha en que el citado funcionario diplomatico asumio funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Suecia; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 152-2010RE, se dispuso el cierre temporal, entre otras, de la Embajada del Peru en el Reino de Suecia; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 0428-2010RE, se fija el 16 de MORDAZA de 2010, como la fecha de cierre temporal de la Embajada del Peru en el Reino de Suecia; De conformidad con los articulos 7º, 13º inciso a) y 30° de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318; y los articulos 62º, 185º inciso c), 187º y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chauny de Porturas Hoyle, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Suecia. Articulo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3º.- La fecha de termino de funciones y de traslado a la Cancilleria, sera fijada mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 504151-13

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