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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de junio de 2010 420669 Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 507615-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 614-2010-DE/SG Lima, 14 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 636 de fecha 08 de junio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, anualmente la Marina de Guerra del Perú y la Marina de los Estados Unidos de América se reúnen en un Comité en el que evalúan la participación de Oficiales de la Marina de Guerra del Perú en diversos ejercicios operacionales, pasantías y entrenamientos; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, a los siguientes Ofi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, para participar en la reunión anual del Comité Naval Operacional con la Marina de Guerra del Perú, del 22 al 25 de junio de 2010: 1. CAPITÁN DE NAVÍO DOMINICK MICILLO 2. CAPITÁN DE NAVÍO EDUARDO WHEELER 3. CAPITÁN DE FRAGATA CARLOS GUZMAN 4. CAPITÁN DE CORBETA ROBERT HOCHSTEDLER 5. TENIENTE PRIMERO ERIC GUTTMAN 6. CAPITÁN JASON WETHERINGTON Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 507615-5 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Formatos del Sistema Nacional de Inversión Pública para las Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2010-EF/68.01 Lima, 31 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, y modifi catorias, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el literal a. del numeral 3.2 del artículo 3º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, establece que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público aprueba a través de Resoluciones las Directivas necesarias para el funcionamiento del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 19.2 del artículo 19º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el Sistema Nacional de Inversión Pública, se desarrolla y descentraliza progresivamente en el ámbito regional y local, conforme las disposiciones que dicta el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, tiene por objeto establecer el marco jurídico para el desarrollo y promoción de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a través de la herramienta de la Mancomunidad Municipal; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 29029, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2010- PCM, señala que las Mancomunidades Municipales tienen por objeto la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras o proyectos de inversión pública, en el marco de las competencias y funciones previstas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que le sean delegadas, y está sujeta a los sistemas administrativos del Estado acorde a sus especiales necesidades de funcionamiento; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley Nº 27293 y modifi catorias, normas reglamentarias y complementarias, y la Resolución Ministerial Nº 085-2010- EF/10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Formatos relacionados con los Proyectos de Inversión Pública de las Mancomunidades Municipales Para fi nes de la formulación y evaluación de los proyectos de alcance intermunicipal, aprobar los Formatos de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral Nº 002- 2009-EF/68.01 y modifi catorias; los cuales se detallan a continuación y que forman parte integrante de la presente Resolución: - Formato SNIP-01A - Inscripción de Unidad Formuladora-Mancomunidad Municipal en el Banco de Proyectos; el cual debe ser remitido a la DGPM, debidamente suscrito por el Responsable de la Ofi cina de Programación e Inversiones que evalúa los proyectos de la Mancomunidad Municipal. - Formato SNIP-02A - Registro de la Ofi cina de Programación e Inversiones - Mancomunidad Municipal en el Banco de Proyectos; el cual debe ser remitido a la DGPM, debidamente suscrito por el Gerente General de la Mancomunidad Municipal. Cuando resulte aplicable el literal a) numeral 27.3 del artículo 27º del Reglamento de la Mancomunidad Municipal, además, deberá adjuntarse copia del Acta del Acuerdo del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal.