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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de junio de 2010 420907 El horario de atención de los Centros Infantiles Municipales – CIM’s será establecido por el Área Correspondiente. Artículo 6º.- Fines Brindar los siguientes servicios: a) Atención Social, Psicológica, Médica y Nutricional. b) Atención Educativa, en Convenio con el Ministerio de Educación. • Atención Temprana. • Aprestamiento Escolar. c) Servicio de Cuna Guardería. d) Servicio de Alimentación. Artículo 7º.- Objetivos Brindar cuidado y protección, alimentación balanceada, Atención Social, Psicológica, Médica y Nutricional, Estimulación Temprana y Aprestamiento Escolar, favoreciendo el desarrollo integral de los niños y niñas usuarios. TÍTULO II DE LA ADMISIÓN CAPÍTULO I DEL PROCESO DE ADMISION Artículo 8º.- El Proceso de Admisión mediante el cual ingresan las niñas y niños a los Centros Infantiles Municipales – CIM’s, es presentado por la Jefatura de la División de Asistencia Materno Infantil, a través de un Programa que debe ser aprobado por la Sub-Gerencia de Bienestar Social y Gerencia de Desarrollo Social. La programación, organización, coordinación y ejecución es responsabilidad del Equipo Multidisciplinario integrado por el/la Trabajador(a) Social, Psicólogo(a), Médico, Nutricionista, Administrador(a) y Directora Pedagógica, bajo la supervisión del Jefe de División del Área a cargo. Artículo 9º.- La Inscripción tiene las modalidades siguientes: 1.- Re-inscripción: dirigido a niños y niñas usuarios del servicio (Agosto de cada año). 2.- Inscripción Ordinaria: dirigido a niños y niñas que postulan por primera vez (al concluir la Reinscripción). 3.- Inscripción Extraordinaria: dirigido a niños y niñas que postulando por vez primera no alcanzaron a inscribirse en forma Ordinaria (a partir del mes de febrero dependiendo de la disponibilidad de vacantes). Artículo 10º.- El número de vacantes será determinado por la capacidad de atención de cada establecimiento, el cual será aprobado por la Jefatura de la División de Asistencia Materno Infantil, con la respectiva visación de la Sub-Gerencia de Bienestar Social y la Gerencia de Desarrollo Social. Artículo 11º.- Los pasos del Proceso de Admisión aplicable a las tres etapas, son los siguientes: a) Presentación de la solicitud al Alcalde. b) Inscripción. c) Evaluación Social, Psicológica, Médica y Nutricional del niño o niña. d) Aprobación de reinscritos o ingresantes e) Ubicación del niño o niña. f) Matrícula (ingresantes). Artículo 12º.- Para proceder a la Reinscripción o Inscripción del niño o niña, el padre/madre de familia, o el responsable legal, se apersonará a las Ofi cinas del Centro Infantil Municipal Servicio Social portando los siguientes documentos: a) Solicitud al Alcalde. b) Partida de Nacimiento (2 fotocopias simples). c) Carné de crecimiento y Desarrollo del niño o niña (2 fotocopias simples). d) 07 fotografías tamaño Carné del niño o niña (actuales e iguales) e) 02 fotografías tamaño Carné del padre o madre o responsable legal. f) Documentos de Identidad del padre o madre de familia o responsable legal del menor g) (02 fotocopias simples) h) Recibo de agua, luz o teléfono (1 copia simple) para certifi car el domicilio. i) Carpeta de Inscripción. Artículo 13º.-Los resultados del Proceso de Admisión deberán contar con el visado de la División de Asistencia Materno Infantil, y con la aprobación de la Sub-Gerencia de Bienestar Social la cual dará cuenta de los mismos a la Gerencia de Desarrollo Social. TÍTULO III DE LA MATRÍCULA Y DERECHOS CAPÍTULO I DE LA MATRÍCULA Artículo 14º.- La Matrícula en el Servicio Educativo está a cargo del Personal Docente de los Centros Infantiles Municipales- CIM’s, siendo obligatoria la presencia del padre/madre o del responsable legal para este trámite. Artículo 15º.- Los padres/madres de familia y/o responsables legales deberán ceñirse a las disposiciones del Ministerio de Educación en lo que respecta a las cuotas por concepto de derecho de APAFA, u otras de naturaleza similar siempre y cuando estén permitidas por el ordenamiento legal vigente. Artículo 16º.- Los padres/madres de familia o responsables legales abonarán mensualmente hasta los cinco primeros días útiles de cada mes, los derechos de pago por el servicio que presta el Centro Infantil Municipal, los cuales deben regirse por las disposiciones legales vigentes. TÍTULO IV DE LA EVALUACION CAPÍTULO I DE LA EVALUACION PEDAGÓGICA E INFORME INTEGRAL (ASPECTO COGNOSCITIVO Y PSICOSOCIAL) Artículo 17º.- La evaluación de los menores beneficiarios se realizará en forma integral; sus objetivos son: a) Conocer los logros alcanzados por el educando u obtener información acerca de los elementos que infl uyen en el proceso de enseñanza, aprendizaje a fin de adoptar las medidas pertinentes para alcanzar los mejores objetivos del trabajo educativo. b) Estimular el esfuerzo del educando brindándole los incentivos necesarios que hagan factible el pleno desarrollo de sus potencialidades. c) Proporcionar información a los padres de familia y educando sobre el avance y logro del aprendizaje de cada niño o niña. Artículo 18º.- Al término de cada Trimestre, el Docente entregará a los padres/madres de familia y/o responsables legales el Informe del progreso del niño o niña, con las evaluaciones correspondientes de manera cualitativa como indica el nivel, debiendo remitir copia del mismo al Administrador del Centro Infantil Municipal para que se anexe al Expediente Integral del usuario. Artículo 19º.- En la evaluación integral se considerará el cumplimiento de los padres/madres de familia y/o responsables legales respecto a las normas institucionales y en el aspecto educativo, quienes tendrán un califi cativo adicional al de su niño o niña. Artículo 20º.- Al término del año lectivo el Docente dará un Informe por áreas de los logros y avances de cada niño y niña, el mismo que será comunicado a sus respectivos padres/madres de familia o responsables legales.