Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (19/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de junio de 2010 420906 que de conformidad a lo establecido en el Art. 6.3 de la Directiva “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las entidades Certifi cadoras de Conversión aa GLP y de Talleres de Conversión a GLP”, aprobada con Resolución Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 ésta debe ser por un período de 05 años, el mismo que debe tomarse en cuenta en la presente Resolución, máxime si dicha apreciación se ha establecido en el Informe Técnico Nº 151-2010-GR- JUNIN-GRTCVCS/SGCTAA/D.T.T., por lo que se aprecia la existencia de un error material de digitación, de carácter subsanable. En uso de las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 185-2010-GR-JUNIN/ PR. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE, la Autorización como Taller de Conversión a GLP, a la Empresa “MAQUINARIAS, SISTEMAS, SERVICIOS Y DISEÑOS EN INGENIERIA” – MASSEDI SAC., representado por su Gerente General la Sra. Nancy Maribel Orejón Vargas, inmueble ubicado en Avda. Progreso Nº 328-El Tambo-Huancayo., por el período de CINCO AÑOS, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Segundo.- PUBLICAR, en el Diario Ofi cial El Peruano el contenido de la presente Resolución, la que estará a cargo de la Empresa “MAQUINARIAS, SISTEMAS, SERVICIOS Y DISEÑOS EN INGENIERIA” – MASSEDI SAC., dentro del término de ley. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Gerencial Regional Nº 259-GR-JUNIN-GRTCVCS, por las consideraciones expuestas. Artículo Cuarto.- EFECTUAR, la fi scalización posterior al Taller de Conversión a GLP de la Empresa “MAQUINARIAS, SISTEMAS, SERVICIOS Y DISEÑOS EN INGENIERIA” – MASSEDI SAC., para comprobar la autenticidad de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el administrado, y/o si cumple con las condiciones técnicas estipuladas, en cumplimiento a la norma legal vigente, debiendo someterse a las conclusiones y responsabilidades posteriores, en mérito a la Ley 27444. Artículo Quinto.- ENCARGAR el control y ejecución de la presente Resolución a la Dirección de Transporte Terrestre y a la Ofi cina de Fiscalización de la Sub Gerencia de Circulación Terrestre Aéreo y Acuático - Junín. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución, a la Gerente General de la Empresa indicada y demás ofi cinas competentes de la Gerencia Regional de Transportes Comunicaciones, Vivienda, Construcción y Saneamiento - Junín. Regístrese, comuníquese y arhívese. FREDDY PABLO SACHAHUAMAN PALACIOS Gerente Regional Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones Vivienda, Construcción y Saneamiento 508639-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Regulan el funcionamiento y servicios de los Centros Infantiles Municipales - CIM’s de la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA Nº 1390 EL TENIENTE ALCALDE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de junio del 2010 los Dictámenes Nºs.143-2010-MML- CMAEO y 057-2010-MML-CMAL, de las Comisiones Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización y Asuntos Legales. ORDENANZA QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO Y SERVICIOS DE LOS CENTROS INFANTILES MUNICIPALES – CIM`s DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DE LA FINALIDAD, BASE LEGAL Y ALCANCE Artículo 1º.- Finalidad La presente Ordenanza tiene por fi nalidad regular la organización y funcionamiento de los Centros Infantiles Municipales (CIM’s) de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 2º.- Base Legal - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. - Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. - Convención sobre los Derechos del Niño. - Plan Nacional de Acción por la Infancia 2002 – 2010. - Código del Niño y del Adolescente. - Ley Nº 28044 – Ley General de Educación. - Ley Nº 24029 Ley del Profesorado y su modifi catoria por Ley Nº 25212. - D.S. Nº 19-90-ED, Reglamento de la Ley Nº 24029 y de su modifi catoria Ley No 25212. - Ley Nº 29062 – Ley de la Carrera Pública Magisterial. - D.S. Nº 13-2005-ED, Reglamento de la Educación Básica Regular. - Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza Nº 812 y sus modifi catorias Artículo 3º.- Alcance El cumplimiento de la presente Ordenanza será de carácter obligatorio para el personal que trabaja en los Centros Infantiles Municipales - CIM’s, los padres de familia y los responsables legales de los menores. Artículo 4º.- Esta norma posibilitará otorgar a sus benefi ciarios un servicio efi ciente y ordenado en el que se conjugan las acciones de los Equipos de Trabajo de los Centros Infantiles Municipales – CIM’s y los padres/ madres de familia o responsables legales CAPÍTULO II DE LA NATURALEZA, FINES Y OBJETIVOS DE LOS CIM’s Artículo 5º.- Naturaleza Los Centros Infantiles Municipales – CIM’s son instituciones de carácter social cuya organización y sostenimiento son promovidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima con la participación de los padres/madres de familia, brinda atención integral a niños y niñas desde los seis meses hasta los cinco años y once meses, priorizando a las familias de bajos ingresos cuyos padres/madres requieran de la atención diurna a sus menores hijos o hijas, por razones de trabajo. Este servicio podrá ser brindado a los hijos o hijas de los trabajadores de la Municipalidad Metropolitana de Lima. El servicio de los Centros Infantiles Municipales – CIM’s, se encuentra bajo la responsabilidad del Jefe de División de Asistencia Materno Infantil, Sub-Gerencia de Bienestar Social de la Gerencia de Desarrollo Social.