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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de junio de 2010 420984 el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 643/ INC, de fecha 11 de agosto de 2004, se aprueba, entre otros, el plano perimétrico y el plano topográfi co del sitio arqueológico Tambo de Mora, ubicado en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, Región Ica; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1554/ INC, de fecha 27 de setiembre de 2006, se deja sin efecto los artículos 2º al 9º de la Resolución Directoral Nacional Nº 643/INC, de fecha 11 de agosto de 2004, que aprobaba el plano perimétrico y el plano topográfi co del sitio arqueológico Tambo de Mora; y se aprueba el nuevo plano perimétrico y plano topográfi co del mencionado sitio arqueológico en el sistema de referencia WGS84; Que, mediante Informe Nº 952-2010-NOC-SDIC-DA/ DREPH/INC de fecha 6 de mayo de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología comunica que se ha realizado una nueva delimitación del monumento arqueológico, recomendando la aprobación del nuevo expediente técnico; Que, mediante Acuerdo Nº 0568 de fecha 13 de mayo de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: • Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1004/INC, de fecha 4 de octubre de 2001, en lo que respecta a la ubicación del sitio arqueológico Tambo de Mora, debiendo decir: distrito de Tambo de Mora, ratifi cando los demás extremos de la precitada resolución. • Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 309/INC de fecha 20 de mayo de 2003, dejando sin efecto únicamente el texto de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación del sitio arqueológico “Complejo Monumental Tambo de Mora” por tratarse del mismo monumento previamente declarado mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1004/INC de fecha 4 de octubre de 2001, ratifi cando los demás extremos de la precitada resolución. • Dejar sin efecto los ítems 1. y 2. del artículo 3º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1554/INC de fecha 27 de setiembre de 2006, ratifi cando los demás extremos de la precitada resolución. • Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Tambo de Mora. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1004/INC de fecha 4 de octubre de 2001, en lo que respecta a la ubicación del sitio arqueológico Tambo de Mora, debiendo decir: distrito de Tambo de Mora, ratifi cando los demás extremos de la precitada resolución. Artículo 2º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 309/INC de fecha 20 de mayo de 2003, dejando sin efecto únicamente el texto de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación del sitio arqueológico “Complejo Monumental Tambo de Mora” por tratarse del mismo monumento previamente declarado mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1004/INC de fecha 4 de octubre de 2001, ratifi cando los demás extremos de la precitada resolución. Artículo 3º.- Dejar sin efecto los ítems 1. y 2. del artículo 3º de la Resolución Directoral Nacional Nº 1554/ INC de fecha 27 de setiembre de 2006, ratifi cando los demás extremos de la precitada resolución. Artículo 4º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Tambo de Mora, ubicado en el distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de Ica, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Tambo de Mora PP-024-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 PSAD56 PP-024-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 WGS84 64408.35 6.4408 981.49 PTOP-002-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 PSAD56 PTOP-002-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2010 WGS84 Artículo 5º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos señalados en el artículo 4º de la presente resolución. Artículo 6º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico mencionado en la presente resolución, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 7º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 509073-1 Declaran bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al “Puente Cáceres”, ubicado en el centro poblado de La Unión, distrito de La Unión, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1297/INC Lima, 4 de junio de 2010 Visto: el Informe Nº 075-2010-SDR-DPHCR/INC; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del patrimonio cultural de la Nación; Que, de conformidad al artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación”, el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identifi cación y registro de inmuebles, espacios, testimonio y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del patrimonio cultural de la Nación; Que, vistos los Informes Nº 029-2009-DMVE-SDIH- DPHCR/INC de fecha 20 de abril de 2008 de la Sub Dirección de Investigación Histórica que presenta información histórica sobre el Puente Cáceres y el Nº 075-2010-SDR-DPHCR/INC de fecha 6 de abril de 2010, mediante el cual la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano considera factible la declaración como bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al denominado “Puente Cáceres”, ubicado en la ciudad de La Unión, distrito de La Unión, provincia Dos de Mayo, departamento de Huánuco; Que, de la evaluación del expediente administrativo, la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 11 de fecha 9 de abril de 2010, considerando que la ciudad de La Unión se encuentra ubicada en la margen derecha del río Vizcarra, al lado sur en la provincia de Dos de Mayo, y a una altitud de 3226 m.s.n.m. El río que cruza la ciudad y sobre el que