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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de junio de 2010 420982 Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., la renovación de la Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, en el extremo que renovó la autorización para que la citada empresa continúe prestando el servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en la localidad Lima, departamento de Lima. Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Viceministerial Nº 456- 2006-MTC/03, en consecuencia, vencerá el 23 de marzo de 2019. Artículo 3º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 4º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 508999-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Designan Jefa de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 053-2010/APCI-DE Mirafl ores, 18 de junio de 2010 VISTA: La carta Nº Leg-016-2010/PEC, de fecha 17 de junio de 2010, emitida por la señorita abogada Patricia del Pilar Espichán Cuadros. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), Ley Nº 27692 y sus normas modifi catorias, la APCI es un organismo público adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores responsable, en su calidad de ente rector de la cooperación técnica internacional, de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado en función de la política nacional de desarrollo; Que mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, que establece en su artículo 29º a la Ofi cina General de Administración, como el órgano de apoyo de la Alta Dirección así como de los demás órganos de la APCI, encargado de brindar el apoyo logístico y administrativo para el logro de los objetivos institucionales, responsable de la gestión administrativa y fi nanciera de la entidad correspondiéndole conducir los sistemas administrativos de personal, contabilidad, tesorería, adquisiciones, acervo documentario y servicios generales, así como llevar a cabo la ejecución presupuestal y velar por el mantenimiento y seguridad de la institución; Que mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 092- 2008/APCI-DE, del 26 de agosto de 2008, se designó a la señorita abogada Patricia del Pilar Espichán Cuadros como Jefa del referido órgano de apoyo; Que a través del documento de la Vista, la referida funcionaria ha presentado renuncia irrevocable al cargo de Jefa de la Ofi cina General de Administración de la APCI; Que resulta necesario aceptar la renuncia presentada, así como designar a su reemplazo; Con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus modifi catorias, y en concordancia con la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 23 de junio de 2010, la renuncia formulada por la señorita abogada Patricia del Pilar Espichán Cuadros, como Jefa de la Ofi cina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), dándole las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2º.- Disponer se proceda a la entrega del cargo conforme a los procedimientos y plazos de Ley. Artículo 3º.- Designar a la señora abogada Aída Mónica La Rosa Sánchez Bayes de López, en el cargo de Jefa de la Ofi cina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la Ofi cina General de Administración, y a las interesadas, para las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PANDO SANCHEZ Director Ejecutivo 509685-1 Aceptan renuncia de Asesora de la Dirección Ejecutiva RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 055-2010/APCI-DE Mirafl ores, 18 de junio de 2010 VISTA: La carta s/n, de fecha 18 de junio de 2010, emitida por la señorita Embajadora en el Servicio Diplomático de la República (r) Norah Zoila Nalvarte Chávez. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), Ley Nº 27692 y sus normas modifi catorias, la APCI es un organismo público adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores responsable, en su calidad de ente rector de la cooperación técnica internacional, de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado en función de la política nacional de desarrollo; Que mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la