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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2010 (06/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de mayo de 2010 418477 Promotora del Proyecto Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID, presenta el Informe de Implementación Inicial del Proyecto Universitario, para su evaluación correspondiente; Que, por Resolución Nº 088-2010-CONAFU de fecha 26 de febrero de 2010, se resuelve admitir a trámite el Informe de Implementación Inicial del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID; Que, por Resolución Nº 089-2010-CONAFU de fecha 26 de febrero de 2010, se resuelve: Conformar la Comisión Verifi cadora encargada de evaluar el Informe de Implementación Inicial del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID; la misma que estará integrada por los siguientes profesionales: Jorge Arturo Benites Robles, Luis Fernando Briceño Contreras y Guillermo Bernabé Reyes, en calidad de Presidente, Secretaria y Vocal, respectivamente; Que, con escrito s/n recibido con fecha 22 de marzo de 2010, el doctor Jorge Arturo Benites Robles, Presidente de la Comisión Verifi cadora del Informe de la Implementación Inicial del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID remite el Informe Final del referido proyecto universitario, manifestando que de la revisión y contrastación del Informe presentado por la promotora del Proyecto Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID, con el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID, aprobado en su debida oportunidad, según los aspectos estipulados en el artículo 34º de la Resolución Nº 387-2009-CONAFU, del 12 de agosto de 2009, encontrándose las correspondencias esperadas, procediéndose a elaborar la matriz para la verifi cación IN SITU de la Implementación Inicial del Proyecto de la Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID), y luego de la visita y comprobación de los diferentes aspectos del PDI, se llegó a lo siguiente: 1) El Informe de Implementación Inicial de la Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID) ha cumplido con los indicadores y criterios de su Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado por el CONAFU. 2) La Comisión Verifi cadora ha comprobado IN SITU el cumplimiento de los aspectos considerados en el Informe de Implementación Inicial del Proyecto Universidad Interamericana para el Desarrollo; resaltando que el referido Proyecto, cuenta con una infraestructura moderna y disponible para los 5 años de cada carrera y el equipamiento sufi ciente de Aulas y laboratorios para los 02 primeros años. En consecuencia: La Comisión de Verifi cación sugiere al Pleno, la aprobación del Informe de Implementación Inicial del Proyecto de la Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID), y la Autorización Provisional de Funcionamiento de la Universidad con las Carreras profesionales de: 1) Enfermería, y 2) Farmacia y Bioquímica, con 80 vacantes en dos turnos de 40 alumnos cada uno, por ciclo académico, para ambas carreras. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 46º del Reglamento: “La Promotora que se encuentra apta para recibir la autorización provisional de funcionamiento de la Universidad que promueve, deberá suscribir ante CONAFU un compromiso ineludible, de cumplir estrictamente con las metas establecidas para cada año en el Proyecto de Desarrollo Institucional aprobado, que servirá para autorizar el funcionamiento de la Universidad; así como, cumplir con la inversión proyectada para cada año de ejecución del Proyecto y, no exceder el número de vacantes autorizadas para cada carrera profesional, previa a la promulgación de la resolución de autorización, bajo expreso apercibimiento de revocarse o dejarse sin efecto la autorización de funcionamiento en caso de incumplimiento”; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 47º del Reglamento: “La autorización provisional de funcionamiento de una Universidad debe incluir los siguientes aspectos: a) Aprobación de la organización general de la institución. b) Carreras profesionales que se autorizan. c) Número de vacantes aprobadas para cada carrera profesional autorizada; y d) Fecha de inicio de las actividades académicas”; Que, de conformidad con el artículo 49º del Reglamento: “Las Universidades cuyo funcionamiento provisional se haya autorizado, cualquiera que sea su régimen legal, se someten a la evaluación del CONAFU por el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento defi nitivo. La autorización de funcionamiento defi nitivo no puede ser concedida antes de transcurridos cinco (5) años, contados a partir de la fecha de autorización provisional de funcionamiento, siempre que su evaluación haya sido satisfactoria y se cuente con una promoción de graduados”; Que, el modelo Institucional adoptado por el Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID es la de una Sociedad Anónima Cerrada, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882 - Ley de la Inversión en la Educación, sin perjuicio de ello le será de aplicación supletoria la Ley Nº 23733 – Ley Universitaria, así como la Ley Nº 26439 - Ley de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU; Que, en sesión de fecha 29 de marzo de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 148-2010-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: 1) Otorgar la Autorización Provisional de Funcionamiento al Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID, para brindar servicios educativos de nivel universitario; autorizándose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Enfermería y 2) Farmacia y Bioquímica, cada una con 80 vacantes por Ciclo Académico; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACIÓN PROVISIONAL DE FUNCIONAMIENTO a la Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la ciudad, provincia y departamento de Lima; con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Semestre Académico: Nombre de Carrera Número de Vacantes por Ciclo Académico Ciclo I Ciclo II Enfermería 80 80 Farmacia y Bioquímica 80 80 Artículo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID, organizada como Sociedad Anónima Cerrada, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882, debiendo proceder a inscribir la Escritura Pública que contiene el Estatuto Social, acompañado del Reglamento General de la Universidad, ante el Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos. Artículo Tercero.- DISPONER que la Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID remita al CONAFU, copia certifi cada notarial de la Escritura Pública que contiene el Estatuto Social, así como el Reglamento General de la Universidad, debidamente inscrito en los Registros Públicos. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad Interamericana para el Desarrollo – UNID, inicie sus actividades académicas a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, como Persona Jurídica de Derecho Privado, bajo el Régimen del Decreto Legislativo Nº 882 y la Ley de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modifi catorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU. Artículo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 489235-4