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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2010 (23/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de mayo de 2010 419374 refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 497478-9 DEFENSA Autorizan viaje de Oficiales de la Marina a Argentina en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 224-2010-DE/MGP Lima, 22 de mayo de 2010 Visto el Ofi cio P.200-0878 del Director General del Personal de la Marina de fecha 19 de abril de 2010; CONSIDERANDO: Que, en los acuerdos establecidos en la VII Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada de Argentina, se consideró la ejecución del “Juego Bilateral de Manejo de Crisis” entre ambas Instituciones Armadas, debiendo realizarse en la Escuela Superior de Guerra Naval de Argentina; Que, la Armada de Argentina ha extendido la invitación para que el Director de la Escuela de Guerra Naval y una Delegación de Ofi ciales de la Marina de Guerra del Perú, participen en el “Juego Bilateral de Manejo de Crisis”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires - REPÚBLICA ARGENTINA, a partir del 14 al 18 de junio de 2010; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2010, la autorización de viaje de CUATRO (4) Ofi ciales para que participen en el mencionado ejercicio; Que, el viaje se encuentra incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 84, del Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2010, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 130-2010-DE/SG de fecha 1 de abril de 2010; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval, para que participen en el “Juego Bilateral de Manejo de Crisis”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires - REPÚBLICA ARGENTINA, a partir del 14 al 18 de junio de 2010; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional e Institucional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto de Urgencia Nº 001-2010 de fecha 6 de enero de 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Eduardo Augusto CAMINO Michalik, CIP 01713966 y DNI 43332257, Capitán de Navío Jhon Rolando RODRÍGUEZ Asti, CIP 04835268 y DNI 43345047, Capitán de Fragata CJ Wagner SORIA Medina, CIP 05911254 y DNI 06235316, y Capitán de Fragata Jorge Eduardo CAVERO De los Ríos, CIP 00953076 y DNI 43312538 para que participen en el “Juego Bilateral de Manejo de Crisis”, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires - REPÚBLICA ARGENTINA, a partir del 14 al 18 de junio de 2010. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Buenos Aires (ARGENTINA) - Lima US$ 751.00 x 4 personas Viáticos: US$ 200.00 x 5 días x 4 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 4 personas Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El mencionado Personal Naval, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 497478-11 Autorizan viaje de oficial del Ejército a Estados Unidos para recibir tratamiento médico RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 225-2010-DE/EP Lima, 22 de mayo de 2010 Visto, el Ofi cio Nº 339 T-4.j.1/15.00 del 25 de marzo de 2010, del Comando de Salud del Ejército; CONSIDERANDO. Que, mediante Acta de Junta Médica Intersanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú del 11 de agosto de 2009, se recomienda que el paciente, Subteniente EP Arturo Rudy YARASCA GABRIEL, por el nivel de amputación requiere la confección y entrenamiento con prótesis de última generación de miembro superior derecho en un instituto especializado en el extranjero: Instituto Nacional de Rehabilitación de Washington D.C. - Estados Unidos de América, por un período de treinta (30) días, necesario para su rehabilitación; Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 06- 4.j.a.1/15.00 del 11 de marzo de 2010 del Comando de Salud del Ejército, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprueba la recomendación de viaje al exterior del Stte EP Arturo Rudy YARASCA GABRIEL, para recibir tratamiento médico altamente especializado en el Hospital Nacional de Rehabilitación de Washington D.C. - Estados Unidos de América; Que, dentro de las modalidades de autorizaciones de viaje al exterior del personal militar y civil del Ministerio de Defensa, se encuentran contemplados los viajes por Tratamiento Altamente Especializado, para aquellos casos en que el personal requiera recibir tratamiento médico especializado que no puede brindarse en el país por enfermedades o