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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2010 (23/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de mayo de 2010 419377 de menores recursos y grupos vulnerables, a través de la adopción de medidas, entre las que se encuentran el mejoramiento y la ampliación de la infraestructura de agua potable y alcantarillado, situación que pone en grave riesgo la salud de la población, afectándose su integridad y calidad de vida; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 28870, Ley para optimizar la gestión de las entidades prestadoras de servicios de saneamiento, declaró en situación de emergencia los proyectos de agua y desagüe para la prestación de los servicios de saneamiento que elabore y apruebe el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario, disponiéndose además que dentro del plazo antes señalado, la viabilidad de los proyectos que se ejecuten en el marco de dicha norma, será otorgada con la aprobación del estudio de preinversión a nivel de perfi l; Que, de conformidad con la Décima Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29035, Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas y el artículo 1° de la Ley N° 29236, Ley que establece el plazo para el otorgamiento de viabilidad para proyectos de inversión de saneamiento priorizados, se amplió sucesivamente, hasta el 31 de diciembre de 2009, el plazo que establecía que para la ejecución de los proyectos de agua y desagüe para la prestación de los servicios de saneamiento que priorice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la viabilidad sería otorgada según las exigencias mínimas establecidas en la Resolución Ministerial Nº 559-2006-EF/15 y sus modifi catorias; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, establece que los Proyectos de Inversión Pública se sujetan a las fases de: a) Preinversión: Comprende la elaboración del perfi l, del estudio de prefactibilidad y del estudio de factibilidad, b) Inversión: Comprende la elaboración del expediente técnico detallado y la ejecución del proyecto, y c) Postinversión: Comprende los procesos de control y evaluación ex post; Que, el numeral 6.3 del artículo 6º de la acotada norma señala que la elaboración del perfi l es obligatoria y que las evaluaciones de prefactibilidad y factibilidad pueden no ser requeridas dependiendo de las características del Proyecto de Inversión Pública; Que, a través de los estudios de preinversión a nivel de perfi l se miden los riesgos de las inversiones que se realizan y se verifi ca si la proyección efectuada es la más conveniente, teniendo en cuenta el aspecto social, técnico y económico, así como si es sustentable ambientalmente y sostenible en el tiempo, a fi n que el impacto que se busca en la población con la implementación del proyecto, sea el más benefi cioso; para lo cual se exige, entre otros, la elaboración y aprobación de los términos de referencia del estudio a nivel de perfi l, la convocatoria del proceso de selección para contratar a la consultora que tendrá a su cargo la elaboración del referido estudio, así como revisar, evaluar y declarar la viabilidad del mismo; Que, la realización de las actividades precedentemente descritas ha generado que, de los proyectos de inversión de agua potable y alcantarillado priorizados, exista un total de veinticuatro (24) proyectos cuya viabilidad se encuentra en proceso de aprobación, cuyos perfi les deben contar con información sufi ciente para sustentar la inversión que realizará el Estado, siendo necesario que la viabilidad pueda otorgarse con un solo nivel de estudio, a efectos de evitar que la salud de la población benefi ciaria se vea afectada por la no provisión de los servicios de agua potable y alcantarillado, en el corto plazo; Que, por lo expuesto, resulta necesario establecer, de manera excepcional, que la declaratoria de viabilidad de los proyectos de inversión pública en saneamiento priorizados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se otorgue con la aprobación del estudio de preinversión a nivel de perfi l, hasta el 31 de julio de 2011, según las exigencias mínimas establecidas en la Resolución Ministerial Nº 559-2006-EF/15 y sus modifi catorias; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 11º la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1°.- Medidas extraordinarias para acelerar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en saneamiento prioritarios Establézcase que la declaratoria de viabilidad de los proyectos de inversión pública en saneamiento priorizados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que se detallan en el Anexo del presente Decreto Supremo, se otorgará con la aprobación del estudio de preinversión a nivel de Perfi l, hasta el 31 de julio de 2011, siempre que sean elaborados según las exigencias mínimas establecidas en la Resolución Ministerial Nº 559-2006-EF/15 y sus modifi catorias. Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diez ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas ANEXO RELACION DE PROYECTOS N° EQUIPO NOMBRE DEL PROYECTO DISTRITO 1 NORTE AMPLIACION Y MEJORAMEINTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA EL A.H. INCAHUASI - PAMPA DE COMAS - DISTRITO DE COMAS COMAS 2 SUR INSTALACION DE REDES SECUNDARIAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL ESQUEMA HUERTOS DE VILLA Y ANEXOS - DISTRITO DE CHORRILLOS CHORRILLOS 3 NORTE AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL COLECTOR PUENTE PIEDRA Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DEL AREA DE DRENAJE DE LA PTAR PUENTE PIEDRA - DISTRITO DE PUENTE PIEDRA PUENTE PIEDRA 4 CENTRO AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA EL ESQUEMA MUSA 4ta y 5ta ETAPA - DISTRITO DE LA MOLINA LA MOLINA 5 NORTE AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA EL ESQUEMA CERRO LAS ANIMAS Y ANEXOS - DISTRITO DE PUENTE PIEDRA PUENTE PIEDRA 6 CENTRO AMPLIACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO BAYOVAR AMPLIACION - SAN JUAN DE LURIGANCHO SAN JUAN DE LURIGANCHO 7 CENTRO AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL PROYECTO ESPECIAL LOS ANGELES SAN JUAN DE LURIGANCHO SAN JUAN DE LURIGANCHO 8 SUR AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILALDO PARA EL ESQUEMA VALLECITO BAJO - SECTOR 309 - DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VILLA MARIA DEL TRIUNFO 9 SUR INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA EL A.H ARENAL ALTO - DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VILLA MARIA DEL TRIUNFO 10 NORTE AMPLIACION Y MEJOARMEINTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA EL ESQUEMA SAN JUAN DE AMANCAES - DSITRITO DEL RIMAC RIMAC 11 SUR AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA EL ESQUEMA JOSE GALVEZ - SECTOR 315 - DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VILLA MARIA DEL TRIUNFO 12 NORTE AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA EL ESQUEMA JERUSALEN Y ANEXOS - DSITRITO DE PUENTE PIEDRA PUENTE PIEDRA 13 SUR AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL ESQUEMA PUCUSANA PUCUSANA 14 SUR AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 311-313-330-310-312-314-300-307-319-324 Y 301 NUEVA RINCONADA - DISTRITOS DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Y VILLA MARIA DEL TRIUNFO SAN JUAN DE MIRAFLORES Y VILLA MARIA DEL TRIUNFO 15 CENTRO AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN LOS DISTRITOS DE ATE Y SANTA ANITA-SECTORES 158, 159, 160, 161, 162,163, 164, 165, 173, 174, 175, 177, 179, 180, 166, 167, 168, 171, Y 172-DISTRITOS DE ATE Y SANTA ANITA ATE VITARTE Y SANTA ANITA 16 CENTRO ESQUEMA CARAPONGO-AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 136 Y 137-DISTRITO DE LURIGANCHO SAN JUAN DE LURIGANCHO 17 CENTRO ESQUEMA CAJAMARQUILLA, NIEVERIA Y CERRO CAMOTE-AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 129- 130-131-132-133-134 Y 135-DISTRITOS DE LURIGANCHO Y SAN ANTONIO DE HUAROCHIRI SAN ANTONIO DE HUAROCHIRI