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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2010 (28/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de mayo de 2010 419687 “Artículo 6º.- La estructura orgánica del Ministerio de Energía y Minas es la siguiente: Órganos de Alta Dirección - Despacho Ministerial - Despacho Viceministerial de Energía - Despacho Viceministerial de Minas - Secretaría General o Ofi cina de Administración Documentaria y Archivo Central o Ofi cina de Imagen Institucional y Comunicaciones o Ofi cina de Defensa Nacional Órgano Consultivo - Comisión Consultiva Órgano de Control - Órgano de Control Institucional o Ofi cina de Inspecciones o Ofi cina de Auditoría Órgano Jurisdiccional Administrativo - Consejo de Minería Órgano de Defensa Jurídica - Procuraduría Pública Órganos de Asesoramiento - Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto o Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Cooperación Internacional o Ofi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional o Ofi cina de Presupuesto - Ofi cina General de Asesoría Jurídica - Ofi cina General de Gestión Social Órgano de Apoyo - Ofi cina General de Administración o Ofi cina de Personal o Ofi cina de Logística o Ofi cina Financiera o Ofi cina de Informática Órganos de Línea - Dirección General de Electricidad o Dirección Normativa de Electricidad o Dirección de Concesiones Eléctricas o Dirección de Estudios y Promoción Eléctrica - Dirección General de Electrifi cación Rural o Dirección de Proyectos o Dirección de Fondos Concursables - Dirección General de Hidrocarburos o Dirección Normativa de Hidrocarburos o Dirección de Exploración y Explotación de Hidrocarburos o Dirección de Procesamiento, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos y Biocombustibles - Dirección General de Efi ciencia Energética - Dirección General de Minería o Dirección Normativa de Minería o Dirección Técnica Minera o Dirección de Promoción Minera - Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos o Dirección Normativa de Asuntos Ambientales Energéticos o Dirección de Gestión Ambiental Energética - Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros o Dirección Normativa de Asuntos Ambientales Mineros o Dirección de Gestión Ambiental Minera “CAPÍTULO II DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 7º.- La Alta Dirección es el máximo nivel de decisión del Ministerio de Energía y Minas. Está constituida por el Despacho Ministerial, el Despacho Viceministerial de Energía, el Despacho Viceministerial de Minas y la Secretaría General.” “Artículo 11º.- El Viceministro de Energía tiene las funciones y atribuciones siguientes: (...) c. Proponer y supervisar los Planes del Sector Energía. (...) e. Coordinar y supervisar la elaboración del balance energético nacional y las proyecciones sobre las perspectivas energéticas nacionales. (...)” “Artículo 15º.- El Secretario General tiene las funciones y atribuciones siguientes: (...) m. Realizar las acciones relacionadas con el Código de Ética de la Función Pública en el Ministerio de Energía y Minas. n. Realizar las demás funciones que se le asigne.” “Artículo 20º.- La Ofi cina de Administración Documentaria y Archivo Central tiene las funciones y atribuciones siguientes: (...) f. Planifi car, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar las actividades archivísticas a nivel institucional. (...) i Desarrollar e implementar medidas orientadas a la conservación del acervo documentario del Ministerio de Energía y Minas. j. Desarrollar las actividades relacionadas con el proceso de transferencia y eliminación de documentos en coordinación con el Archivo General de la Nación. k. Realizar las demás funciones que se le asigne.” “DE LA COMISION CONSULTIVA Artículo 23º .- La Comisión Consultiva del ...” “Artículo 24º.- La Comisión Consultiva está conformada por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia Sus miembros son designados por Resolución Suprema.” “Artículo 25º.- La Comisión Consultiva se reúne a solicitud del Ministro. El cargo de miembro de la Comisión Consultiva es ...” “Artículo 26º .- La Comisión Consultiva tiene ...” “Artículo 29º.- El Órgano de Control Institucional del Ministerio de Energía y Minas tiene las funciones y atribuciones siguientes: