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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2010 (28/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de mayo de 2010 419694 través de la Dirección General de Electrificación Rural, es competente en materia de electrificación rural; Que, el artículo 18º de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o, de ser el caso, a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Azángaro IV Etapa, en la provincia de Azángaro, departamento de Puno, corresponde efectuar la transferencia de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. - Electro Puno S.A.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; en el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; en el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modificatorias; Con la opinión favorable del Director General de Electrificación Rural y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Pequeño Sistema Eléctrico Azángaro IV Etapa, en la provincia de Azángaro, departamento de Puno, fi nanciados por la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. - Electro Puno S.A.A. Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. - Electro Puno S.A.A., y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 498700-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 230-2010-MEM/DM Lima, 24 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM de fecha 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, previa Licitación Pública Nº LP-0001-2008- MEM/DGER, con fecha 08 de mayo de 2008, la Dirección General de Electrifi cación Rural y la empresa HCB Contratistas Generales S.R. Ltda., suscribieron el Contrato Nº 030-2008-MEM/DGER para la ejecución de la obra Sistema Eléctrico Rural San Miguel de Pallaques - Saucepampa I Etapa, en las provincias de San Miguel y de Santa Cruz, Región Cajamarca, por un monto de S/. 2 365 307,52, incluidos impuestos, y un plazo de ejecución de 150 días calendario; Que, la obra indicada ha quedado concluída y ha sido recibida, según consta en el Acta de Recepción de Obra de fecha 07 de febrero de 2009; Que, mediante Resolución Directoral Nº 092-09- EM/DGER de fecha 18 de mayo de 2009, se aprobó la Liquidación Final del Contrato Nº 030-2008-MEM/DGER para la ejecución de la obra Sistema Eléctrico Rural San Miguel de Pallaques – Saucepampa I Etapa, en las provincias de San Miguel y de Santa Cruz, Región Cajamarca, la misma que estableció un monto fi nal de contrato de S/. 2 859 199,04 incluido IGV; Que, mediante Resolución Directoral N° 085- 2010-EM/DGER del 21 de abril de 2010, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto Sistema Eléctrico Rural San Miguel de Pallaques- Saucepampa I Etapa, en las provincias de San Miguel y Santa Cruz, Región Cajamarca; liquidación que arrojó un monto total de inversión ajustado a la fecha de transferencia de S/. 3 121 215,44; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto citado en el considerando anterior, corresponde formalizar la transferencia a través de la emisión de la respectiva Resolución Ministerial; Que, asimismo, el artículo 18º de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, y el artículo 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establecen que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que haya ejecutado o ejecute, a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal o a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, habiéndose aprobado la Liquidación Final del Proyecto citado precedentemente, corresponde formalizar la transferencia de los bienes que conforman dicho proyecto a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima – HIDRANDINA S.A., a través de la emisión de la respectiva Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025- 2007-EM; la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 007-2008-VIVIENDA; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas; Con opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto Sistema Eléctrico Rural San Miguel de Pallaques – Saucepampa I Etapa, en las provincias de San Miguel y de Santa Cruz, Región Cajamarca, a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima – HIDRANDINA S.A. Artículo 2°.- Poner en conocimiento de HIDRANDINA S.A, y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y MInas 498700-2