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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de mayo de 2010 419703 DGEPP y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con los artículos 43° inciso d) 45° y 46° del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los artículos 51°, 53° y 54° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la Resolución Ministerial Nº 484-96-PE, del 18 de septiembre de 1996, en su artículo 2° que modifi có el Artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 106-96-PE, en el extremo referido a la ubicación del establecimiento industrial pesquero, correspondiendo consignar que se encuentra ubicada en Carretera Pisco- Paracas Km. 17 comprendiendo los terrenos : Lote B de la lotización industrial de Santa Elena de Paracas. Artículo 2°.- Aprobar a favor de PESQUERA HAYDUK S. A., el cambio de titular de la licencia de operación otorgada a la empresa PRISCO S.A., por Resolución Ministerial Nº 484-96-PE, del 18 de septiembre de 1996, en su Artículo 2° que modifi có el Artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 106-96-PE; en los demas términos y condiciones en que fue otorgada. Artículo 3°.- PESQUERA HAYDUK S.A., deberá operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiológicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y lo referido a la sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto fi nal, así como cumplir con las medidas de mitigación contenidas en el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental. Artículo 4°.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, según corresponda. Artículo 5°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 484-96-PE, de fecha 18 de septiembre de 1996 que modifi có el Artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 106-96-PE; en lo que respecta a la titularidad de la citada licencia de operación. Artículo 6°.- Incorporar a PESQUERA HAYDUK S.A., como titular de la licencia de operación de la planta de harina de pescado, ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el segundo artículo de la presente Resolución, al Anexo IV-B de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE y Nº 186-2006-PRODUCE, excluyendo a la empresa PRISCO S.A., de los Anexos correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL ERNESTO CAMOGLIANO PAZOS Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 498829-5 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a Brasil y Panamá para promocionar beneficios y oportunidades que ofrece CETICOS Paita RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 218-2010-RE Lima, 27 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, como resultado de los trabajos de la Comisión Multisectorial encargada de proponer medidas para facilitar el intercambio comercial entre el Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercio y Servicios de Paita (CETICOS Paita) y la Zona Franca de Manaos, se acordó realizar una visita de trabajo de una delegación peruana a la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, y a la ciudad de Panamá, República de Panamá, a fi n de dar a conocer los benefi cios y oportunidades que ofrece el CETICOS Paita a las empresas instaladas en esas zonas; Que, la delegación peruana estará presidida por el Director de la Ofi cina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Piura, quien fue designado como Presidente de la citada Comisión Multisectorial integrada además por representantes del CETICOS Paita; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Ofi cina Ejecutiva de Promoción Económica Nº OPE0240/2010 de 05 de mayo de 2010; el mensaje de la Ofi cina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores en Piura Nº PIU20100047 de 03 de mayo de 2010; y el Memorándum de la Dirección de Finanzas Nº FIN0245/2010 de 12 de mayo de 2010, que certifi ca la disponibilidad presupuestal del presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modifi catoria la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Guillermo José Miguel Russo Checa, Director Regional de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores con sede en la ciudad de Piura, a la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, y a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 31 de mayo al 05 de junio de 2010, a fin que participe como presidente de la delegación peruana que asistirá para promocionar los beneficios y oportunidades que ofrece el Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercio y Servicios de Paita (CETICOS Paita), a las empresas instaladas en Manaos y Panamá. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 41404 - Promoción en el Exterior del Comercio, Inversiones, Turismo y Cultura, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Nº de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Guillermo José Miguel Russo Checa 1,471.40 200.00 6+1 1,400.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado.