Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2010 (28/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- Presupuesto. La implementacion del presente Decreto Supremo se efectuara con cargo al presupuesto asignado al Ministerio de Energia y Minas y no irrogara mayores gastos al Tesoro Publico. Articulo 6º.- Publicacion. El presente Decreto Supremo debera ser publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Energia y Minas (www.minem.gob.pe) el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29091, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Articulo 7º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 499775-2

Articulo Segundo.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas y entrara en vigencia desde su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 499775-3

Aprueban modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 121
DECRETO SUPREMO Nº 028-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 12° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11° de la mencionada Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 028-2006-EM, de fecha 24 de MORDAZA de 2006, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 121, el mismo que fue suscrito entre PERUPETRO S.A. y MORDAZA RESOURCES (PERU) LLC, SUCURSAL DEL PERU, ubicado en la provincia de Maynas del departamento de Loreto; Que, mediante Decreto Supremo N° 086-2009-EM, de fecha 03 de diciembre de 2009, se aprobo la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 121, por parte de PERENCO PERU LIMITED, SUCURSAL DEL PERU, a favor de SUBANDEAN E&P PERU, LLC., SUCURSAL DEL PERU; asi como la Modificacion del citado Contrato; Que, conforme se desprende de la Traduccion Oficial N° 0444-08/O, efectuada por la Traductora Publica Juramentada, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Sabogal, del Certificado de Continuacion de Vigencia (Cambio de Denominacion) emitido por la Subregistradora General del Commonwealth de Las Bahamas, MORDAZA RESOURCES (PERU) LLC, continua su vigencia en el Commonwealth de Las Bahamas, como una sociedad internacional y que, al 28 de enero de 2008, su denominacion cambio a PERENCO PERU LIMITED; Que, mediante Testimonio de la Escritura de Cambio de Domicilio de Sociedad Matriz y de Modificacion de Denominacion Social, Pacto Social y Estatuto, otorgado ante el Notario de MORDAZA, MORDAZA Fernandini MORDAZA, de fecha 18 de marzo de 2008, MORDAZA RESOURCES (PERU) LLC, SUCURSAL DEL PERU, modifico su denominacion social a PERENCO PERU LIMITED, SUCURSAL DEL PERU, debido a los cambios adoptados en su MORDAZA matriz; Que, mediante Carta N° PER/CAR-0857/LEG-0909, de fecha 07 de setiembre de 2009, el Gerente General

Dictan MORDAZA para asegurar transparencia en la informacion relativa a la exportacion de gas natural
DECRETO SUPREMO Nº 027-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, establece que el Ministerio de Energia y Minas es el encargado de elaborar, aprobar, proponer y aplicar la politica del Sector, asi como de dictar las demas normas pertinentes; Que, de acuerdo a los contratos de licencia vigentes, Perupetro S.A. debe recibir la informacion relativa a cada embarque de gas natural destinado a la exportacion; Que, a fin de brindar transparencia a la informacion relativa exportacion del gas natural resulta necesario establecer la obligacion de Perupetro S.A. de publicar en su pagina web la informacion relativa a los embarques de gas natural destinados a la exportacion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221 - Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, la Ley Nº 27133 y en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; SE DECRETA: Articulo Primero.- Publicacion de la informacion relativa a los embarques de gas natural con fines de exportacion. Establezcase que a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, Perupetro S. A. debera publicar en su pagina web la informacion relativa a cada embarque de gas natural que se efectue con fines de exportacion. Dicha informacion debera publicarse dentro de las 48 horas de recibida y contendra como minimo los siguientes datos: · Destino de la exportacion · Volumen exportado

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