Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2010 (30/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419887

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Amplian la vigencia de la Ordenanza Nº 173-2009-MDPH que suspendio la vigencia de la Ordenanza Nº 032-2003MDPH y sus modificatorias
ORDENANZA Nº 179- 2010-MDPH Punta MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2010 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de MORDAZA de 2010, el Informe Nº 095-2010-MDPH-OAJ, de fecha 07 de MORDAZA de 2010, emitido por la Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, respecto del Proyecto de Ordenanza que amplia de vigencia de la Ordenanza Nº 173-2009MDPH que suspende la vigencia de la Ordenanza Nº 0322003-MDPH, y sus modificatorias; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, en concordancia con la autonomia politica que gozan las municipalidades, el mismo precepto constitucional ha otorgado expresamente al concejo municipal la funcion normativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple la funcion normativa fundamental a traves de las Ordenanzas Municipalidades, las mismas que de conformidad con lo previsto por el inciso 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia del articulo 194º del mismo cuerpo de la Carta Magna, ostenta rango de Ley; Que, mediante Informe Legal Nº 095-2010-OAJ-MDPH de fecha 07 de MORDAZA de 2010 refiere que la Oficina de Rentas mediante Informe Nº 035-2010-OR-MDPH senala que la Oficina de Servicios Comunales previa inspeccion, verifico que aun se mantiene la existencia de pozos septicos que ponen en peligro la salud de los concurrentes a la playa del "El Silencio"; por lo que en aplicacion al articulo 80º de la Ley Nº 27972, resulta arreglado a derecho la ampliacion de la vigencia de la Ordenanza Nº 173-2009-MDPH, por el termino de 12 meses. Por lo tanto, estando a lo dispuesto por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con el MORDAZA mayoritario de sus miembros y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 173-2009-MDPH QUE SUSPENDE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 032-2003-MDPH Y SUS MODIFICATORIAS Articulo Primero.- AMPLIAR LA VIGENCIA de la Ordenanza Nº 173-2009-MDPH por el termino de 12 meses; Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Articulo Tercero.- LA PRESENTE ORDENANZA entrara en vigencia a partir del 01 de junio de 2010 y sera de aplicacion hasta el 30 de MORDAZA de 2011. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General

y Areas involucradas el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 499914-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Establecen beneficios tributarios y no tributarios en el distrito
ORDENANZA N° 000155-2010-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 26 de MORDAZA del 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES: VISTO, en Sesion Extraordinaria de concejo de la fecha el proyecto de Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, el Memorando No. 442-2010-GR/MDSJM de la Gerencia de Rentas el Informe No. 508-2010-SGRT-GR/MDSJM de la Sub Gerencia de Recaudacion Tributaria y el Informe No. 2972010-MDSJM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su articulo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el articulo 60° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se precisa que conforme a lo establecido por el inciso 4 del articulo 195º y por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fije la ley; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y sus modificatorias establece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el articulo 41º del TUO del Codigo Tributario, establece que; La deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley y excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo; Que, a pesar que se viene brindando beneficios tributarios aun existe muchos contribuyentes que no han cumplido con el pago de sus tributos municipales; por lo que se ha visto por conveniente implementar mas beneficios tributarios, asi como no tributarios y puedan de esta forma cumplir con sus obligaciones; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del articulo 9° y por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo Primero.- OBJETIVO Y ALCANCES La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer un Beneficio de Regularizacion Tributaria y no Tributaria

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