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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de mayo de 2010 419878 Disponen inscripción de la empresa Markedata E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN Nº 163 2010-JNE Expediente Nº J-2010-0170 Lima, 15 de marzo de dos mil diez VISTO el pedido de inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras formulado por el señor Víctor Manuel Chung Alva, representante de la empresa MARKETDATA E.I.R.L. CONSIDERANDO 1. En virtud de lo prescrito por la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y por la Ley Nº 27369, que la modifi ca, el Jurado Nacional de Elecciones, mediante Resolución Nº 390-2005-JNE, modifi cada por Resolución Nº 355-2006-JNE, aprobó el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, cuyo artículo 4 establece los requisitos para la inscripción en el citado registro. 2. Con los documentos adjuntados, indicación del domicilio y acreditación del profesional califi cado, la empresa satisface los requisitos previstos en el artículo 4 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, por lo que debe disponerse la inscripción de la empresa MARKETDATA E.I.R.L. asignándosele un número de registro y procediéndose a la apertura de la partida correspondiente. 3. El artículo 191 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, prevé que la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de los medios de comunicación puede efectuarse hasta el domingo anterior al día de las elecciones. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante la Resolución Nº 130-2008-JNE. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la empresa MARKEDATA E.I.R.L., la que deberá sujetar su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales respectivas. Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente a dicha encuestadora, asignándole como código de identificación el Registro Nº 168-REE/JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE MONTOYA ALBERTI VELARDE URDANIVIA BRAVO BASALDÚA Secretario General 482398-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros el uso como local compartido de oficina ubicada en el distrito de Los Olivos, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 4654-2010 Lima, 19 de mayo de 2010 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL PACIFICO VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autorice el uso como local compartido con el Banco de Crédito del Perú de la ofi cina ubicada en el Lote N° 21, Mz. C, con frente a la Av. Alfredo Mendiola N° 3609- 3615, Urb. Panamericana Norte, Distrito de Los Olivos, Provincia y Departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 045-2002, del 17 de enero de 2002, esta Superintendencia autorizó al Banco de Crédito del Perú la apertura de su ofi cina ubicada en el Lote N° 21, Mz. C, con frente a la Av. Alfredo Mendiola N° 3609-3615, Urb. Panamericana Norte, Distrito de Los Olivos, Provincia y Departamento de Lima; Que, en aplicación del numeral 6.1 de la Resolución SBS N° 775-2008 - Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para usar como local compartido con el Banco de Crédito del Perú la citada ofi cina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “A”, mediante Informe N° 033-2010-DSSSA; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias; y, la Resolución N° 775-2008; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a EL PACIFICO VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el uso como local compartido con el Banco de Crédito del Perú de la ofi cina ubicada en el Lote N° 21, Mz. C, con frente a la Av. Alfredo Mendiola N° 3609-3615, Urb. Panamericana Norte, Distrito de Los Olivos, Provincia y Departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 499923-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 4919-2010 Lima, 25 de mayo de 2010