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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de mayo de 2010 419886 Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y en coordinación con la Gerencia de Servicios Sociales y la Secretaría de Imagen Institucional, se difunda la presente Ordenanza y los planos que forman parte de ella. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Fiscalización Municipal de la Gerencia de Seguridad y Fiscalización para su conocimiento y fi nes. Artículo Quinto.- ESTABLECER que el presente diseño de las redes viales y sus usos respecto al diseño urbano de las Áreas de Recreación Pública, que se desarrolla en el Planeamiento Integral de la Zona Central de Ate (Sector denominado El Platanal, parte del Sector Catastral Nº 19 y parte del Sector Catastral Nº 20), tendrá una vigencia de 10 años, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes, una vez aprobados tendrán carácter obligatorio debiendo de inscribirse en los Registros Públicos. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 500174-1 Aprueban Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas sobre declarar de interés social propuesta de cambio específico de zonificación contenida en el Plano Nº 001-2010-RZ-SGPUC-GDU/MDA ACUERDO DE CONCEJO Nº 022 Ate, 19 de mayo de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 19 de Mayo de 2010, el Dictamen Nº 014-2010- MDA/CDUyOP de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, que recomienda aprobar el Acuerdo de Concejo que Declara de Interés Social la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación, contenida en el Plano Nº 001-2010-RZ-SGPUC-GDU/MDA por cuanto éstos coadyuvan con la inversión pública y privada en el Distrito de Ate; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, la cual radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Ordenanza Nº 1099-MML, publicada el 12 de diciembre de 2007, se aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de los Distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho – Chosica, que forman parte de las áreas de tratamiento normativo I, II y IV de Lima Metropolitana. Que, el artículo 34º, inciso 34.2.6 de la Ordenanza Nº 620-MML, indica que en caso exista interés social o probado interés público en desarrollar proyectos de inversión importantes para la ciudad, las propuestas de cambios específicos de zonificación también pueden ser promovidos por: a) la Municipalidad Metropolitana de Lima, b) las Municipalidades Distritales y c) los Órganos de Gobierno Central. En todos estos casos se seguirá el procedimiento establecido en el inciso 34.2. Que, la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, ha emitido el Informe Nº 039-2010-PLZM y el Informe Nº 389-2010/MDA-GDU-SGPUC luego de haber evaluado técnicamente los requerimientos formulados para el nuevo reajuste de la zonifi cación, conforme al artículo 34º, inciso 34.2.6 de la Ordenanza Nº 620-MML cumpliendo con los procedimientos y normativas vigentes; indicando además, que debido al proceso dinámico del crecimiento urbano y desarrollo inmobiliario en el distrito, se han formulado nuevos requerimientos y modifi caciones de zonifi cación que han sido considerados de interés local, por cuanto éstos promueven la inversión pública y privada en el Distrito de Ate, los mismos que han sido contemplados en el Plano Nº 001-2010-RZ-SGPUC-GDU/ MDA. Que, mediante Informe Nº 311-2010-MDA/OGAJ la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, sostiene que de conformidad a lo establecido en el artículo 34º, inciso 34.2.6 de la Ordenanza Nº 620-MML, legalmente es factible el cambio Específi co de Zonifi cación propuesto, por cuanto éstos promueven la inversión publica y privada en el Distrito de Ate, encontrándose debidamente sustentada mediante el Informe Técnico de la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano, recomendando que mediante Acuerdo de Concejo, se declare de Interés Social el Cambio Específi co de Zonifi cación propuesto, elevándose los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente conforme a su competencia. Que, mediante Dictamen Nº 014-2010-MDA/ CDUyOP la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, recomienda aprobar el Acuerdo de Concejo que Declara de Interés Social la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación contenida en el Plano Nº 001-2010-RZ-SGPUC-GDU/MDA por cuanto éstos coadyuvan con la inversión pública y privada en el Distrito de Ate. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el voto por mayoría de los Señores Regidores asistentes a la Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 014-2010- MDA/CDUyOP de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, sobre Declarar de Interés Social la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación contenida en el Plano Nº 001-2010-RZ-SGPUC-GDU/ MDA, el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2º.- DISPONER la Transcripción y Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y poner en conocimiento del mismo a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, para los fi nes convenientes. Artículo 3º.- DISPONER que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se remitan los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la continuación del trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 500174-2